Expte. Nº  3.278/08.

VISTO:

                     La Ley 2756.

                     Ordenanza Nº 218/86.

                     El Expediente Nº 33.793/08, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Fernando Alberto Pavia, D.N.I. Nº 10.372.117, empleado de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez (Legajo 658), solicita la eximisión del pago de la Tasa General de Inmuebles, Cuenta Nº 08412-00-09 de la vivienda ubicada en calle Bordabehere Nº 1945, según Expediente Municipal Nº 33.793/08 enviado a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo Municipal, en virtud de la Ordenanza Nº 218/86.

Que en la solicitud referida, manifiesta que no puede acceder a tal beneficio, en razón a que  la propiedad que siempre habitó no se encuentra a su nombre, sino a nombre de los padres ya fallecidos,  y debido a su situación económica no puede iniciar la Declaratoria de Herederos, que posibilitaría  una vez finalizada ésta, pode registrar la propiedad a su nombre.

Que en el expediente mencionado, acredita su residencia en el inmueble de calle Bordabehere Nº 1945 mediante la declaración de domicilio realizado el 25/01/08 ante las Autoridades Policiales de la Comisaría 26 de esta Ciudad.

Asimismo, se adjuntan en dicho expediente, fotocopias de las actas de defunción de sus padres, D.N.I. del interesado, de su esposa e hijos, dónde consta el domicilio de calle Bordabehere Nº 1945, coincidiendo con lo manifestado por el interesado.

Que resulta necesario dictar una resolución que le permita acceder a la eximisión  en virtud de lo solicitado por el Sr. Fernando Alberto Pavia.          

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 246/2008

 

ART.1º) En función de solicitado por el Sr. Fernando Alberto Pavia, dispóngase la prescripción de la deuda por Tasa General de Inmuebles, Cuenta Nº 08412-00-09, Catastral Nº 11-005500D, Zona U, correspondiente al inmueble situado en calle Bordabehere Nº 1945, hasta el mes de marzo de 1.995; siempre que no exista acto administrativo que  interrumpa la prescripción.

ART.2º) Otórguese la  exención del pago de Tasa General de Inmuebles, de la propiedad detallada en el Art. 1º del presente, a partir del mes de abril de 1.995, en virtud del acogimiento al beneficio otorgado por la Ordenanza Nº 218/86; debiendo presentar el Sr. Pavia, Fernando Alberto, D.N.I. Nº 10.372.117, Declaración Jurada ante la Dirección de Tributos del municipio, de su condición de morador del inmueble referido, que utiliza como vivienda única con su único fin y en carácter de heredero.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  27 de noviembre de 2.008. 

 

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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