Decr. 268/09 Delegación Permanente Defensoria del Pueblo

Expte. Nº 3.573/09.

VISTO:

La  Ley 2756.

La Ley Nacional Nº 24.284 Defensoría del Pueblo.

La Ley Provincial Nº 10.396 – Defensoría del Pueblo, y

CONSIDERANDO:

Que en el año 1.993 a través de la Ley Nacional Nº 24.284 mencionada en los vistos se crea en el ámbito del Poder Legislativo de la Nación la Institución Defensor del Pueblo de la Nación cuyo objetivo fundamental es el de proteger los derechos e intereses de los individuos y la comunidad frente a los actos, hechos y omisiones de la Administración Pública Nacional.
 

Que la Ley Provincial Nº 10.396 crea la Defensoría del Pueblo en la Órbita del Poder Legislativo de la Provincia de Santa Fe con los mismos objetivos que se propone el Defensor del Pueblo de la Nación, pero en la órbita de la Administración Pública Provincial. Queda establecido por esta misma ley que la institución tendrá oficinas en las ciudades de Rosario y Santa Fe. La mencionada ley provincial establece la existencia de dos funcionarios denominados Defensor del Pueblo Adjunto, y establece que uno se establecerá en la ciudad de  Santa Fe y otro en la ciudad de Rosario.

 

Que esta institución es un organismo descentralizado, unipersonal e independiente con autonomía funcional y autarquía financiera.

 

Que el Defensor del Pueblo está facultado para efectuar recomendaciones a los funcionarios, proponer la modificación de normas legales, efectuar críticas y amonestaciones, hacer pública su labor a través de informes y proponer reformas de organización alternativas en organismos públicos.

 

Que esta institución ejerce la defensa del individuo y de la comunidad tanto en el plano de los derechos fundamentales, derechos económicos (protección del consumidor) como en los intereses difusos.

 

Que son funciones del Defensor del Pueblo de la Provincia de Santa Fe proteger los derechos fundamentales del individuo y los intereses difusos o colectivos de la comunidad contra actos irregulares, arbitrarios, ilegítimos, discriminatorios o negligentes de los funcionarios de la Administración Pública Provincial. Por lo tanto, tiene competencias para actuar sobre:

 

a) Administración pública centralizada;

 

b) Administración pública descentralizada;

 

c) Sociedades con participación estatal y personas jurídicas en ejercicio de funciones públicas.

 

Que el Defensor del Pueblo ejerce su jurisdicción sobre todo el territorio provincial y actúa no sólo ante la queja presentada por un ciudadano o grupo de personas y/o instituciones sino que también puede hacerlo de oficio cuando advierte alguna anormalidad, por vía de la ley 10.000 o, inclusive, a petición de los diputados y senadores.

 

Que el Defensor del Pueblo posee en la actualidad, además de las dos oficinas en la ciudades de Rosario y Santa Fe, veinticinco delegaciones distribuidas en diferentes puntos de la provincia (Arequito, Cañada de Gómez, Carcarañá, Casilda, Coronda, Chabás, El Trébol, Fuentes, Granadero Baigorria, Las Rosas, Las Toscas, Máximo Paz, Rafaela, Roldán, Reconquista, Rufino, San Javier, San Genaro, San José de la Esquina, San Justo, San Lorenzo, San Cristóbal, San Jerónimo Sud, Villa Constitución y Venado Tuerto). Asimismo, se realizan visitas institucionales en el marco del programa de Atención Periódica en las localidades de Calchaquí, Esperanza, Gálvez, Pilar, San Carlos Centro, San Fabián, San Jorge, Nelson, Recreo y Sunchales.

 

Según informes del propio organismo durante el año pasado se recibieron 22.634 consultas, esto significó un aumento de casi el  37% con respecto al año 2007. Sobre esa cifra, se abrieron 6.865 expedientes con un alto porcentaje de resoluciones favorables, lo que supone un incremento superior al 21 por ciento con relación al año anterior. A estos datos, debe agregársele las más de 1.500 consultas a través de correo electrónico.

 

Los temas por los cuáles la ciudadanía se acercó a las delegaciones durante el año que pasó se refirieron mayoritariamente a servicios públicos, pero también a conflictos más sensibles que demandaron la intervención del Centro de Asistencia a la Víctima y al Testigo del Delito (C.A.V.), tales como maltrato familiar, apremios, y discriminación, entre otros. En este sentido, se registró la intervención de los profesionales del C.A.V. en más de 4.132 casos en distintas localidades de la provincia, sobre los cuales se iniciaron 1.083 expedientes. También se requirió la intervención del Centro de Mediación en la implementación del proceso de facilitación en la resolución de conflictos comunitarios entre vecinos y se actuó -a través de la delegación de la Defensoría del Pueblo de la Nación- en temas de competencia nacional.

 

Que consideramos que por la cantidad de población y el crecimiento demográfico que tuvo nuestra ciudad en los últimos años se hace necesario la apertura de una oficina de la Defensoría del Pueblo en nuestra ciudad. No sólo por el aumento de las consultas que se reciben al respecto en los organismos municipales sino por la dificultad del traslado para muchas familias de nuestra ciudad que desisten de la realización de la consulta en la vecina ciudad de Rosario, e inclusive a causa de la falta de acceso a la tecnología para poder realizar su consulta a través de Internet.

 

La instalación de una delegación permanente en nuestra ciudad permitirá que los vecinos que se ven imposibilitados de realizar su consulta por el motivo que fuera, puedan tener una alternativa local y gratuita de acceso a la Defensoría del Pueblo.

 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO  Nº268/2009

 

ART. 1º) Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de los canales correspondientes, que realice las tramitaciones necesarias para la instalación de una Delegación Permanente de la Defensoria del Pueblo de la Provincia de Santa Fe en nuestra Ciudad, dependiente del Poder Legislativo Provincial.

 

ART. 2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                     

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  17 de setiembre de 2.009.

 

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

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