Expte. Nº 3.620/09.
VISTO:
El Expte. Nº 3.620/09, por el cuál el Departamento Ejecutivo Municipal eleva modelos de contratos de locación de los inmuebles sitos en Avenida San Martín 2371 y Avenida San Martín 2373 de Villa Gobernador Gálvez para su aprobación, y
CONSIDERANDO:
Que los presentes modelos de contratos se refieren, uno de ellos a la locación del inmueble en el cuál funciona
Que dichos inmuebles se encuentran ubicados, en lugar estratégico para que los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez tengan acceso desde cualquier punto de
Que los inmuebles en cuestión hace años que se vienen alquilando con los mismos fines, dándole continuidad al funcionamiento de dichas reparticiones en
Que se cuenta con el espacio necesario para la atención del público que concurre, y para la distribución de las Áreas de trabajo correspondiente.
Que de acuerdo a las atribuciones del Concejo Deliberante estipulados por el Art. 11º In Fine de
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº270/2009
ART.1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a la Contratación Directa para la locación de los inmuebles sitos en Avenida San Martín 2371 y Av. San Martín 2373 de Villa Gobernador Gálvez, Sección Catastral 5ta. Manzana 10, Lote H, los que serán destinados al funcionamiento de las oficinas de Administración Provincial de Impuestos (A.P.I.) y la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.S.E.S.) respectivamente; en mérito a las atribuciones que se otorga al Concejo Deliberante según Art. 11º in fine de la Ley Provincial Nº 2756.
ART.2º) Apruébanse los modelos de Contratos de Locación a suscribirse entre el Departamento Ejecutivo Municipal y EL LOCADOR, por los inmuebles ubicados en Avenida San Martín 2371 y Av. San Martín 2373 de nuestra Ciudad, según Anexo I y II; que forman parte integrativa del presente Decreto.
ART.3º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar la suma de $ 1.440.- (Pesos Un Mil Cuatrocientos Cuarenta), mensuales en concepto de canon locativo y por el termino de 36 meses a partir del 1º de septiembre de 2.009 para el inmueble sito en Av. San Martín 2371 de nuestra Ciudad destinado a dependencia de la Administración Provincial (A.P.I.).
ART.4º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar la suma de $ 1.440.- (Pesos Un Mil Cuatrocientos Cuarenta), mensuales en concepto de canon locativo y por el termino de 36 meses a partir del 1º de septiembre de 2.009 para el inmueble sito en Av. San Martín 2373 de nuestra Ciudad para el funcionamiento de las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.S.E.S.)
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de setiembre de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale
ANEXO I. CONTRATO DE LOCACION.
En la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, a los …. días del mes de
del 2.009, entre
, Titular del D.N.I.
., en su carácter de propietario del inmueble sito en Av. San Martín 2.373 de nuestra Ciudad, con domicilio real, en adelante llamada “EL LOCADOR” y la MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GALVEZ, con domicilio en calle Mosconi No 1541, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Jorge A. Murabito y el Secretario de Gobierno Sr. Miguel Monte, en adelante llamada “LA LOCATARIA”, se formaliza el presente CONTRATO DE LOCACION, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: EL LOCADOR da en arrendamiento a
SEGUNDA: Toda mejora en el local para mejor operatividad de la actividad estará a cargo de “
TERCERA: El plazo de la locación se establece de común acuerdo entre las partes por el termino de 36 meses, a partir del día 1º de septiembre de 2.009 venciendo el 31 de agosto de 2.012. Luego de transcurrido 6 meses de la locación las partes convienen expresamente que
CUARTA: El precio de la locación se estipula entre las partes en la cantidad de $ 1.440.- (Pesos Un Mil Cuatrocientos Cuarenta), que serán abonados de la siguiente forma: del 1º al 10 de cada mes por adelantado. Queda a cargo de
QUINTA: So pena de incurrir en flagrante causal de desahucio,
SEXTA: EL LOCADOR podrá por si o por interpósita persona, debidamente autorizada, inspeccionar el salón cada vez que lo estime conveniente dando aviso 24 horas antes, debiendo cuidar de no ocasionar mas molestias que las absolutamente inevitables.
SEPTIMA: La falta de cumplimiento por
OCTAVA: En la presente relación locataria regirán las disposiciones de
NOVENA: En caso de divergencia en el cumplimiento o interpretación del presente Contrato de Locación, las partes fijan la competencia de los Tribunales Provinciales de
DECIMA: En conformidad a
En fe de conformidad y para constancia, previa lectura y ratificación de su contenido, se firman tres (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha que se consigna Ut-Supra del presente Contrato.
ANEXO II CONTRATO DE LOCACION.
En
PRIMERA: EL LOCADOR da en arrendamiento a
SEGUNDA: Toda mejora en el local para mejor operatividad de la actividad estará a cargo de “
TERCERA: El plazo de la locación se establece de común acuerdo entre las partes por el termino de 36 meses, a partir del 1º de septiembre de 2.009 venciendo el 31 de agosto de 2.012. Luego de transcurrido 6 meses de la locación las partes convienen expresamente que
CUARTA: El precio de la locación se estipula entre las partes en la cantidad de $ 1.440.- (Pesos Un Mil Cuatrocientos Cuarenta), que serán abonados de la siguiente forma: del 1º al 10 de cada mes por adelantado. Queda a cargo de
QUINTA: So pena de incurrir en flagrante causal de desahucio,
SEXTA: EL LOCADOR podrá por si o por interpósita persona, debidamente autorizada, inspeccionar el salón cada vez que lo estime conveniente dando aviso 24 horas antes, debiendo cuidar de no ocasionar mas molestias que las absolutamente inevitables.
SEPTIMA: La falta de cumplimiento por
OCTAVA: En la presente relación locataria regirán las disposiciones de
NOVENA: En caso de divergencia en el cumplimiento o interpretación del presente Contrato de Locución, las partes fijan la competencia de los Tribunales Provinciales de la 2da. Circunscripción de
DECIMA: En conformidad a
En fe de conformidad y para constancia, previa lectura y ratificación de su contenido, se firman tres (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha que se consigna Ut-Supra del presente Contrato.