Expte. Nº 3.722/10.
VISTO:
La ley 2756, Art. 39º inc. 16 , Art. 41 inc. 4 y15, Art. 52 y Art. 22 , Art. 10 y 11.
El Decreto Nº 222/08.
CONSIDERANDO:
Que en virtud de un buen accionar de las instituciones y en bien de la credibilidad de los vecinos es necesario solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal información referida al funcionamiento del Predio Recreativo Parque Regional.
Que en ninguna Ordenanza , el Concejo Municipal aprobó el cobro de cualquier tipo de canon por el uso y alquiler del salón del Parque Regional.
Que en fecha 7 de Agosto de 2008 se sancionó el Decreto Nº 222/08, que establece en su Art. 1º, el cese en el cobro del mismo, esto a partir de un volante informativo municipal, donde se especificaban distintos montos y modalidades en el cobro por el uso y alquiler del mencionado salón.
Que pese a lo expuesto, se seguiría cobrando por el mismo, no cumpliendo con la normativa vigente.
Que
Que asimismo, ante versiones de una supuesta concesión del servicio de buffet del Predio Recreativo Parque Regional, resulta necesario requerir al Departamento Ejecutivo Municipal información sobre el tema enunciado, a los efectos de que este cuerpo y la ciudadanía en general tomen conocimiento del mismo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 279/2010
ART. 1º) Remítase a este Cuerpo en un plazo de 10 días hábiles, un informe de lo recaudado y su consecuente registro , en cada uno de los ítems establecidos en el Art. 22º de la Ordenanza Nº 1608/04 y modificatorias en lo referido al Titulo Predio Recreativo Parque Regional En el lapso comprendido desde el 01 de Enero de 2008 hasta la fecha.
ART. 2º) Remítase a este Concejo Deliberante en un plazo de 10 días hábiles un informe de lo cobrado hasta el momento en concepto de canon por el uso y alquiler del salón del Predio Recreativo Parque Regional, y su correspondiente registración.
ART. 3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda informe en un plazo de 10 días hábiles sobre la supuesta concesión del servicio de buffet del predio Recreativo Parque Regional. En caso de ser afirmativa la respuesta , remítase a este cuerpo la siguiente información:
– Nombre y/o razón social del explotador del emprendimiento comercial.
– Régimen Jurídico contractual que lo vincula con el Municipio.
– En caso de haberse concesionado la explotación informar la modalidad adoptada para concretar la misma (Licitación, Concurso de precios , etc. ) adjuntando todos los antecedentes al respecto.
– Si como consecuencia de la explotación del emprendimiento comercial referido : A) El concesionario asumió como obligación el pago de canon alguno y en su caso en qué modalidad y a cuanto asciende el mismo. B) Tiempo de duración del vínculo en cuestión.
ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de marzo de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale