Expte. Nº 3.920/10.
VISTO:
La Ley provincial Nº 12.385 y su modificatoria Ley 12.744 .
El Decreto reglamentario Nº 1123/08 .
Las Leyes Provinciales Nº 12.984 y 13.066 de
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley Provincia Nº 12.385 se crea el fondo para
Que los fondos provenientes del Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados tienen una asignación especifica enumerada en su Art. 4to.
Que en su Art. 8º se prescribe que las Municipalidades intervinientes deberán enviar propuestas debidamente aprobadas por los órganos locales pertinentes.
Que los municipios conjuntamente con los proyectos deben acompañar copia debidamente certificada de
Que en el año 2009 nuestro municipio recibió en concepto de Fondo para
Que durante el año 2010 recibirá por el mismo concepto la suma total de $ 4.631.010,95.
Que se establece un mecanismo para la rendición de cuentas de los fondos recibidos y existe un impedimento para la solicitud de nuevas partidas en caso de rendiciones pendientes.
Que en caso de incumplimiento el municipio podría llegar a ser penado con la suspensión de la transferencia de los fondos con los perjuicios que ocasionaría al desarrollo de la infraestructura en el ejido municipal.
Que en ejercicio de las facultades de control que son propias del Concejo Deliberante es necesario conocer y analizar el destino asignado por el Departamento Ejecutivo Municipal a dichas partidas.
Que es deber del municipio contribuir a todo lo que haga a la transparencia de los fondos de
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 296/2010
ART. 1º) Remítase al Concejo Deliberante en el plazo de 10 días hábiles:
1.- Detalle mensual de los recursos percibidos a través del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados desde el mes de enero del 2009 hasta el día de la fecha y su correspondiente aplicación con su documentación respaldatoria.
2.-. Copia de la Rendición de Cuentas presentada a la Provincia según Decreto Reglamentario Nº 1123/08.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de agosto de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale