Expte. Nº 4.026/10.
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 38.108/10 de fecha 19 de agosto de 2010, Contrato de Comodato celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Club A. Coronel Aguirre.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva Ad Referéndum de este Concejo Deliberante Contrato de Comodato celebrado con el Club A. Coronel Aguirre.
Que asimismo se adjunta fotocopias del Expediente Administrativo Nº 38.108/2010.
Que en el expediente de referencia el Club A. Coronel Aguirre solicita terreno para ampliar sus instalaciones.
Que visto el expediente mencionado, el mismo no se encuentra correctamente foliado lo que imposibilita un completo estudio del mismo.
Que también se observa que la copia del contrato de comodato celebrado entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el Club A. Coronel Aguirre remitido a este Cuerpo adolece de certificación y de firmas de las partes.
Que es de suma importancia el cumplimiento de los deberes que la Ley Orgánica de Municipalidad Nº 2756, nos delega en nuestro rol de Concejales y principalmente en los que respecta a la función de contralor que el Concejo Deliberante debe ejercer sobre el patrimonio municipal, para el fiel funcionamiento de la administración municipal que se verá reflejado en el progreso y bienestar de todos los habitantes de la ciudad.
Que este Cuerpo no cuenta con elementos para evaluar si el municipio es titular registral del inmueble o posee la condición que le permita ceder en comodato dicho predio.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 311/2010
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que en el plazo de 5 días habiles y a través de la Secretaria correspondiente:
1.- Remita a este Cuerpo copia integral del Expte. Administrativo Nº 38.108/10 con sus correspondientes folios.
2.- Envíe a este Concejo Deliberante copia debidamente certificada y con la firma de las partes del contrato de comodato celebrado con el Club A. Coronel Aguirre.
3.- Remita la documentación respaldatoria de la cuál surja la titularidad del inmueble objeto del contrato de comodato en cuestión, cuya identificación es: Sección Catastral Nº 15, Parcelas 5, 6, 7, 8, 9, 10, 13, 14, 15, 16, 17 y 18, entre las calles Monte Caseros, Av. PTE. Raúl Alfonsín y calle Bordabehere.
4.- Dictamine la Asesoría Legal del Departamento Ejecutivo Municipal sobre la condición del municipio en su calidad de comodante, para otorgar en comodato la fracción de terreno descripta en el punto 3.
ART. 2º) Reintegrase el Expediente Nº 4.026/10 a la Comisión de Gobierno y Educación; para su posterior tratamiento.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de noviembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Victoria Beloni