Expte. Nº 4.235/11.
VISTO:
La Ley 2756, art. 39, Inc. 38 , el Código de Faltas Municipal, Ord. 490/89 , y
CONSIDERANDO QUE:
Debido al congestionamiento que se produce en la entrada y salida de estaciones de servicios para la carga de combustible se generan serios inconvenientes en la circulación, ya sea peatonal como vehicular.
Además, la imprudencia de algunos conductores los lleva a no respetar los lugares de ingreso y egreso señalados para ordenar el desplazamiento vehicular dentro de las estaciones, haciendo correr un grave peligro a quienes transitan por la zona.
Por ello, es necesario que el Departamento Ejecutivo disponga operativos de tránsito para darle fin al caos que se ocasiona, y evitar la obstrucción de las veredas para que no ocurra que los peatones tengan que circular por la calle, tal como se ha podido constatar reiteradas veces, corriendo riesgos innecesarios.
Se ha observado también a personas con su capacidad motriz disminuida, teniendo que esquivar automóviles o camiones mal estacionados y en algunos casos, esperar a que los mismos se muevan para seguir su camino.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 346/2011
Art. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, realice operativos de tránsito en los ingresos y egresos de las estaciones de servicio con el fin de evitar posibles accidentes e impedir esperas de vehículos sobre las aceras.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de noviembre de 2.011.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale