Decl. 221/11 Día Internacional de la eliminación de la Violencia contra la Mujer

Expte. Nº 4.237/11.

VISTO:

La Declaración de la Asamblea General de las Naciones Unidad sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993),

La Resolución 54/134 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (1999),

La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948),

El Pacto Internacional de Derechos Civiles Y Políticos (1976),

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales (1976),

Convención Interamericana para Prevenir,  Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (1994),

La Ley Nº 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2009) y su Decreto Reglamentario Nº 1011/2010,

Las Minutas de Comunicación de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe correspondientes a los Exptes. Nº 25.190/2011 y 25.336/2011,

La Ley Nº 2.756, Art. 39 Inc. 62 ; y

 CONSIDERANDO:

            Que la Asamblea General de las Naciones Unidas, mediante resolución 54/134, dispuso que el 25 de Noviembre de cada año se conmemore el “Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la Mujer”.

Que la muerte de las hermanas Mirabal ordenada por el Dictador Rafael L. Trujillo en República Dominicana, en el año 1960, fue el disparador para superficializar un problema que se repite con alarmante frecuencia.

            Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, en nuestro país tiene rango Constitucional, reafirma su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y la igualdad de derechos de los Hombres y Mujeres.

            Que el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos” en su Art. 3 vela por el goce de todos los derechos civiles y políticos, tanto para hombres como mujeres.

            Que el Art. 1 de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer define por violencia contra la mujer a “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada”.

            Que la violencia sobre la mujer está presente en todos los estratos sociales, sin importar edad ni capacidades.

            Que en 2009 se sanciono la Ley 26.485 de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y  Erradicar la Violencia contra la Mujer”, la cual fue promulgada ese mismo año y reglamentada en julio de 2010.

            Que la ciudadanía debe estar consciente de esta problemática para denunciar situaciones de violencia, y el Estado debe trabajar para  prevenir y aportar soluciones de modo de erradicar toda forma de violencia tanto en el ámbito público como en el seno de los hogares.

            Que introducir en el ámbito educativo y como parte de la currícula el tratamiento de esta problemática reviste fundamental importancia para que desde el inicio mismo de la educación formal se sensibilice y eduque a la sociedad a fin de erradicar este flagelo.

            Que otro de los aspectos que reviste especial trascendencia es que, cuando el hecho de violencia ya se ha producido, exista un lugar adonde la víctima pueda acudir y ser contenida, y al mismo tiempo pueda efectuar las denuncias del hecho para dar intervención a la Justicia.

            Que, en tal sentido, ha sido presentado en la Cámara de Diputados por la Diputada Graciela Bonomelli un Proyecto tendiente a la instalación y puesta en funcionamiento de una delegación de la Comisaria de la Mujer en nuestra ciudad y, asimismo, ha acompañado un Proyecto solicitando al Ejecutivo Provincial la elaboración de contenidos curriculares vinculados con la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer (Expte. Nº 25.190/2011 y Nº 25.336/2011, respectivamente).

            Que debemos también desde lo local trabajar y fomentar políticas contra la violencia hacia las mujeres.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

DECLARACIÓN Nº 221/2011

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez adhiere al Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer a conmemorarse los 25 de Noviembre de cada año y a todas las acciones que conlleven la prevención y erradicación de dicho flagelo.

ART. 2º) El Concejo Deliberante declara de Interés Municipal la marcha y silbatazo que realizarán las mujeres de esta Ciudad el día 25 de noviembre a las 18:00 horas, con motivo de conmemorarse el Día Internacional de la lucha contra la violencia hacia la mujer.

ART. 3º) El Concejo Deliberante declara de Interés Municipal la creación de la Comisaría de la Mujer y del Proyecto de incorporación a la currícula escolar de la problemática de la violencia contra la mujer (Minutas de Comunicación de la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe correspondientes a los Exptes. Nº 25.190/2011 y 25.336/2011, respectivamente).

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  24 de noviembre de 2.011.

 

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

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