Expte. Nº 4.424/12.
VISTO:
La Ley 2756, Art. 39º Inc. 24. La Ley Nacional Nº 22.431 : Sistema de Protección Integral de Discapacitados, modificado por la Ley Nº 24.314.
La Ley Provincial Nº 9325. El Reglamento de Edificación de la Ciudad. Ordenanzas Nº 116/1974 y sus modificatorias, Ordenanza Nº 1.822/08, Decreto Nº 300/10 y la Ordenanza Nº 942/94, y
CONSIDERANDO:
Que existen en nuestra ciudad vecinos con condiciones físicas de nacimiento o por situaciones acaecidas de la vida, los cuales están obligados a utilizar sillas de ruedas para desplazarse, muletas o andadores e incluso el uso de camilla para traslados en ambulancia en casos de mayor urgencia.
Que como Estado debemos garantizar la inclusión en todos los ámbitos a las personas con capacidades diferentes.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal bregar por la salud integral y el bienestar de todos los habitantes de esta ciudad; y aunar acciones para el bien público.
Que son los Centros de Salud los que permanentemente tiene un flujo de personas con patologías de motricidad agudas y crónicas, los cuales necesitan una rampa de ascenso y descenso lo mas acorde posible para dicha situación.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
D E C R E TO Nº 378/2012
ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que se le de cumplimiento a las Ordenanzas Nº 942/1994 , 1822/08 y Decreto Nº 300/10.
ART. 2) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Obras Públicas, disponga la construcción de rampas de acceso en los siguientes Centros de Salud:
1- San Enrique sito en calle Pje. 4 S/Número.
2- Niño Jesús sito en calle Rivadavia 1250.
3- San Martín sito en calle Suipacha 3000.
4- Intendente Andréu sito en calle Comandante Espora 667.
5- Barrio Talleres sito en calle Sáenz Peña 452.
6- Pueblo Nuevo sito en calle Buenamesson 550.
7- Evita sito en calle Chubut 1512.
8- Barrio Mortelari sito en calle Alberdi S/Número.
9- 17 de Octubre sito en calle Corrientes 164.
ART. 3) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de junio de 2.012.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci