Expte. Nº  4.686/13.

VISTO:

            La Ordenanza 2078/12, estableciendo la creación del Área de la Mujer,

            La Ley 2756, Art. 39º y

 

CONSIDERANDO:

            Que el día 8 de noviembre del año 2012 este Concejo Deliberante aprobó por unanimidad el proyecto para la creación del “Área de la Mujer”, que tiene como fin abordar de manera integral la problemática de la violencia hacia las mismas.

            Que este proyecto desarrolla distintos puntos, de los cuales algunos se encuentran en funcionamiento, como la línea gratuita de asesoramiento y asistencia y el gabinete interdisciplinario; pero de otros no existen novedades y son esenciales el tratamiento de este flagelo.

            Que a 4 meses de su aprobación, este Concejo no recibió noticias sobre la creación del Área de la Mujer y la designación de su responsable ni de la asignación de un espacio físico para avanzar sobre el refugio transitorio para las víctimas de violencia, establecidos en los Artículos 4º y 6º respectivamente de la Ordenanza en cuestión, así como tampoco existen noticias del registro de los casos mencionado en su Artículo 7º.

            Que sería de suma importancia conocer las acciones de coordinación con los Gobiernos Provincial y Nacional exigidas en el Artículo 10º, como así sobre los plazos en los cuales se dará a conocer en los lugares públicos el “protocolo de Intervención policial para la atención, orientación y derivación de víctimas de violencia familiar”, que hasta la fecha no se ha publicado, tal cual lo estableciera el Artículo 11º de la Ordenanza 2078/12.

            Que también resultaría positivo que este Concejo recibiera un informe sobre el funcionamiento de  la línea telefónica de asistencia y sobre el gabinete interdisciplinario.

            Que en el Artículo 8º se toca uno de los puntos fundamentales del proyecto, que es la participación de las organizaciones de la sociedad que trabajan la problemática, y que al día de la fecha no se han convocado a reuniones a las mismas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 451/2013

           

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo para que a través del área que corresponda eleve un informe sobre los siguientes puntos de la Ordenanza Nº 2078/12:

  • Creación del Área de la Mujer y designación de su responsable.
  • Resumen de trabajo del Gabinete Interdisciplinario.
  • Acciones ejecutadas con el fin de disponer de un espacio físico para el funcionamiento del  “refugio transitorio” para las víctimas de violencia de género.
  • Registro de casos abordados por el gabinete interdisciplinario, con la correspondiente protección de identidad de las víctimas.
  • Número de asistencias telefónicas brindadas a través de la línea *717.
  • Acciones de coordinación con los Gobiernos Provincial y Nacional.
  • Plazos de implementación del Artículo 11º sobre la difusión del “protocolo de Intervención policial para la atención, orientación y derivación de víctimas de violencia familiar”

 

ART. 2º) El Departamento Ejecutivo convocará dentro del mes siguiente a la aprobación de este decreto, a las Organizaciones Sociales vinculadas a la lucha contra la violencia de género, según lo establecido por el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 2078/12

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  21 de marzo de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

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