Expte. Nº 4.799/13.

VISTO:

La Constitución Nacional Art. 41º

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El reclamo de vecinos, y

           

CONSIDERANDO:

Que el sumidero ubicado sobre calle Temporelli al 3000 frente al Cementerio San Lorenzo, en la rotonda del barrio Las Palmeras entre Pasajes A y C, vereda noroeste, se encuentra sin su correspondiente rejilla protectora.

Que constituye un peligro ya que en la zona se encuentra la Escuela Nº 1.266 Juana Azurduy, el cementerio y la parada de colectivos, por lo cual, es de significativa transitabilidad.

Que en el barrio Las Palmeras viven muchos niños que podrían sufrir accidentes al no advertirlo.

Que los habitantes de dicho barrio podrían sufrir inundaciones y la presencia de diversos insectos si en dicho sumidero no se realiza la limpieza y desinfección correspondiente, y sino se procede a la pronta colocación de su rejilla protectora para evitar que hojas y basura lo obstruyan.

Que la Constitución Nacional en su Art. 41º  establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.

Que, según la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756, es deber de las autoridades municipales velar por el bienestar y salud de los ciudadanos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 500/2013

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal proceder a  través de la Secretaria que corresponda, a la reposición de la rejilla correspondiente al sumidero ubicado sobre calle Temporelli al 3000 frente al Cementerio San Lorenzo, en la rotonda del barrio Las Palmeras entre Pasajes A y C, vereda noroeste, y su posterior colocación en un plazo no mayor a 30 (treinta) días corridos a partir de la aprobación del presente decreto.

 

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a señalizar el sumidero descripto en el Art. 1º hasta tanto se cumplimente lo ordenado.

 

ART. 3º) El Concejo Deliberante se dirige asimismo al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la limpieza y desinfección del mencionado sumidero para evitar enfermedades y la obstrucción de los mismos.

 

 ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de junio de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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