Expte. Nº 4.819/13.

Visto

La Resolución Nº 64/255 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. Mejoramiento de la Seguridad Vial en el mundo.

 La Ley Nº 2.756 Artículo 39º, y

 

Considerando

Que el mundo está padeciendo el flagelo de los siniestros viales,  constituyendo una de las principales causas de muerte, fundamentalmente en jóvenes entre 15 y 30 años de edad.

Que nos encontramos incluidos dentro del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011 – 2020, elaborado por la Asamblea General de las Naciones Unidas según resolución Nº 64/255 correspondiente al mes de marzo de 2010 implementado a partir del 11 de mayo de 2011.

Que el 10 de junio se conmemora el día de la seguridad vial y que el mismo debe ser recordado.

            Que la seguridad vial busca reducir los siniestros de tránsito y con ello, sus consecuencias.

Que es tarea de todos trabajar para mejorar las situaciones de transitabilidad y comprometernos con la vida.

Que,  según el plan elaborado por las Naciones Unidas,  si no se adoptan medidas tendientes a estabilizar y posteriormente a reducir la cantidad de víctimas en accidentes de tránsito, la cantidad de fallecidos en estos eventos pasaran de 1,3 millones a 2,4 millones por año.

Que en la Resolución Nº 64/255 se considera importante que los usuarios de la vía pública respeten las leyes,  para lo cual propone el control y la educación para la Seguridad Vial, lo que conllevaría a la concreción del objetivo principal de este plan que es la reducción de los accidentes de tránsito.

Que, por año, resultan heridas entre 20 y 50 millones de personas a consecuencia de los accidentes de tránsito no mortales, los cuales, en su mayoría quedan con secuelas de discapacidad permanentes.

Que los principales factores de riesgo son: la no utilización de cinturones de seguridad o casco –en el caso de los motociclistas-, la no utilización de los sistemas de retención infantil, la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas y la velocidad excesiva, entre otros. La mayoría se corresponden a conductas imprudentes de los usuarios de la vía pública para lo cual la educación vial sería un importante pilar para la concientización de la población en cuanto a seguridad vial.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:

 

DECLARACION Nº 256/2013

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante declara de Interés Comunitario Municipal la conmemoración del Día de la Seguridad Vial el 10 de junio y propone se lleven a cabo las actividades necesarias para revertir la situación de riesgo vial que la ciudad  está padeciendo.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  13 de junio de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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