Expte. Nº 4.890/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ley Nº 13.164 de la Provincia de Santa Fe sobre Instalación y Uso de Sistema de Captación de Imágenes y Sonidos de Personas Físicas en la Vía Pública y el “Apoyo tecnológico y financiero a proyectos de video vigilancia en ciudades y comunas”, y
CONSIDERANDO:
Que la Provincia implementó el 1ro de Agosto un Programa de Apoyo Tecnológico y Financiero de Video vigilancia para Municipios y Comunas cuyo Objetivo General es «propender a la construcción de espacios públicos más seguros, favoreciendo la utilización de herramientas tecnológicas que permitan la prevención y, en su caso, un eficaz combate de las acciones delictivas».
Que, siendo que por Decreto Nº 1.648/13 se otorgó a las ciudades de Venado Tuerto y Rafaela un aporte con fondos provenientes de la renta especial con específica finalidad de solventar la compra e instalación de 20 videocámaras, el Estado Provincial ha resuelto invitar a todas las ciudades para que «presenten proyectos de implementación, adaptación o ampliación los que serán parcialmente financiados con el Fondo de Seguridad».
Que tales fondos, en atención a nuestras características poblacionales (ciudades de más de 50.000 habitantes), ascenderían a $ 350.000.
Que es requisito del Programa que los Municipios y Comunas interesados eleven al Ministerio de Seguridad nota firmada por la máxima autoridad local indicando su intención de acceder al financiamiento y/o apoyo técnico del mismo, adjuntando asimismo “Formulario de presentación de Proyecto de Video vigilancia” que obra como anexo del presente Decreto.
Que es fundamental garantizar todas las herramientas que estén a nuestro alcance y que puedan servir para garantizar la seguridad y la normal convivencia de nuestros vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 516/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante instruye al Departamento Ejecutivo Municipal a presentar ante el Ministerio de Seguridad de la Provincia la solicitud correspondiente para acceder al financiamiento y/o apoyo técnico correspondiente al “Apoyo tecnológico y financiero a proyectos de video vigilancia en ciudades y comunas de la provincia de Santa Fe”.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal deberá remitir a este Cuerpo un informe sobre las gestiones llevadas a cabo en virtud del artículo precedente.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de Septiembre de 2013
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci