Expte. Nº  4.971/13.

Visto

La Ley 2.756 y;  

Considerando

Que en la ochava suroeste de Avenida San Martín y Balcarce se encuentra un bache de importante profundidad.

Que el mencionado lugar es de significativo caudal de tránsito debido a que en la zona se encuentra emplazados la escuela nro. 8.168 Nuestra Señora del Sagrado Corazón, un jardín de infantes, salones de fiestas infantiles, el hospital Anselmo Gamen, un paso a nivel, diversos negocios de distintos rubros etc.

Que los vehículos que transitan por Balcarce al intentar girar hacia la derecha para tomar Avenida San Martín no logran advertir el mencionado bache.

Que dicha situación aumenta el riesgo de siniestralidad vial, principalmente para los vehículos de dos ruedas, cuyo equilibrio puede perderse de atravesar el mencionado bache.

Que los transeúntes al bajar de la vereda para intentar cruzar Av. San Martín podrían sufrir una importante lesión de no esquivarlo.

Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad es responsabilidad del Ejecutivo Municipal.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 549/2013

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de reparaciones del bache ubicado la ochava suroeste de Avenida San Martín y Balcarce.

 

ART. 2)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de diciembre de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci


 

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