Expte.  Nº 5.776/16.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El Decreto Nº 438/12, Decreto Nº 458/13.

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que es deber del municipio el mantenimiento de las luminarias de las plazas públicas de la ciudad.

 Que en los espacios verdes: Plaza A La Madre, Plaza Cooperación, Plaza del Ferroviario y Plaza San Martín, por falta de mantenimiento en luminarias públicas, los vecinos informan su peligrosidad, solicitando la reposición y reparación inmediata de las lámparas.

Que las plazas, espacios de convivencia, de encuentro con el otro, dejaron de cumplir su función social, de juegos compartidos, caminatas, esparcimiento,  para convertirse en tarde-noche, zonas de riesgo e inseguridad.

Que la concurrencia a estas plazas trascendentales, fueron y son puntos de amplia convocatoria para la mayoría de ciudadanos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 859/2016

                                                                

ART. 1°)  El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda y en un plazo de 15 días, proceda a realizar tareas de mantenimiento y reposición de luminarias faltantes en las Plazas: Plaza del Ferroviario, Plaza A La Madre, Plaza Cooperación y Plaza San Martín.

ART. 2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  26 de mayo  de 2016

 

 

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