Expte. Nº 5.739/16.
VISTO:
La Ley Nacional N° 17.987, de creación de la Universidad Nacional de Rosario.
La Ley 2756.
La Ordenanza Nº 2.295/15, y
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional de Rosario (UNR) surgida en el seno de la antigua Universidad Nacional del Litoral en el año 1968, es un actor de trascendental importancia para el área metropolitana del Gran Rosario, tanto en asuntos educacionales como económicos y sociales.
Que la Universidad Nacional de Rosario cuenta con 12 facultades, ubicadas la mayoría de ellas en la ciudad de Rosario, donde se imparten más de 150 carreras de grado y casi 190 títulos de posgrado, hallándose entre las universidades más prestigiosas del MERCOSUR.
Que todos los días acuden a la UNR más de 84.000 estudiantes de toda la región, contabilizándose 865 villagalvenses según registros de la Dirección General de Estadísticas Universitarias para el año 2015. Que de allí podemos deducir el protagonismo que tiene dicha casa de estudios entre los jóvenes de nuestra ciudad a la hora de elegir una carrera universitaria.
Que la universidad pública argentina ha tenido como misión desde la Reforma Universitaria (Iniciada en la ciudad de Córdoba en el año 1918) romper los muros que la alejaban del resto de la sociedad y acercarse a los sectores medios y a las clases populares, no sólo para incluirlos entre sus filas, sino fundamentalmente para transformar junto a ellos la realidad, en vista de una sociedad más justa e igualitaria.
Que en muchos pasajes de nuestra historia la universidad fue vista como un actor alejado de las mayorías populares del país, las cuales con sus impuestos sostienen el funcionamiento y la gratuidad del sistema universitario. Este divorcio sociedad – universidad tiene que ser reparado como lo pensaron los hombres y mujeres del 18′: extendiendo a la universidad con todos sus valores (humanos y materiales) hacia el encuentro de las demandas sociales más urgentes de los sectores vulnerables y hacia la planificación a mediano y largo plazo de una sociedad más igualitaria e integrada. De allí el valor de repensar la intervención universitaria desde nuestro territorio local, inmerso en una de las regiones más dinámicas del país, donde sin embargo muchas veces los recursos generados en nuestro espacio – por falta de una intervención dirigida – no redundan en una mejora de las condiciones estructurales y sociales de nuestra ciudad.
Que como bien define dicha acción del Ing. Juan Manuel Medina, actual Secretario de Extensión de la UNR: “Entendemos también a la Extensión como un escenario de aprendizaje que permite el encuentro con las
organizaciones en el propio territorio. Poder romper el acto educativo para pensar en que la formación académica puede y debe ser más allá del aula, más allá de sus cuatro paredes; poder quebrar ese binomio educador-educando y comprender que las organizaciones, los gobiernos locales y lo cotidiano del día a día, también forman parte del acto educativo y contribuyen en nuestra formación como futuros profesionales. Que de esta manera vamos a generar, no solamente un graduado de la Universidad Pública, sino también ciudadano comprometido”.
Que en esta dirección el acercamiento entre la Municipalidad y la UNR permitirá avanzar en el establecimiento de una agenda conjunta con extensión universitaria que genere nuevas oportunidades para el desarrollo de nuestra ciudad y permita el alumbramiento de un pensamiento situado entre los nuevos profesionales en formación.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 860/2016
ART. 1º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar un acuerdo marco con la Universidad Nacional de Rosario en vista de coordinar acciones tendientes a desarrollar en forma conjunta programas o proyectos de cooperación y/o complementación de carácter científico, técnico y/o de investigación u otro tipo de actividades en áreas que resulten de mutuo interés, tomando como antecedente la Ordenanza Nº 2.295/2015 de creación del “Centro Universitario de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez”.
ART. 2º) Sugiérase como texto modelo para la firma del convenio marco el ofrecido por la Secretaría de Extensión de la Universidad Nacional de Rosario, que figura como anexo 1 de este Decreto.
ART. 3°) Recomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, una vez firmado el acuerdo marco, priorizar el tratamiento de acuerdos específicos relativos a las siguientes temáticas:
- Plan estratégico Villa Gobernador Gálvez 2016-2036
- Asistencia para el uso y conservación de la Reserva Ecológica del Parque Regional.
- Colaboración en asuntos veterinarios
- Asesoramiento en cuestiones ambientales.
ART. 4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de junio de 2016