Decr. 982/17 Para que se exima del pago de la TGI período 2016 a los propietarios del loteo social “Mi tierra Mi casa”
Expte. Nº 6.162/17.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 art.39 inc., 51.
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que estos terrenos fueron otorgados bajo un programa provincial denominado “Mi tierra mi casa”.
Que se suscribió también un convenio marco entre el municipio, el propietario y la secretaria de estado de hábitat de la provincia.
Que estos terrenos deberían contar con los servicios básicos; luz, agua, cordón cuneta, desagües pluviales, arbolado público y estabilizado de las calles. De los cuales en su otorgamiento final no se dio cumplimiento.
Que a raíz de ello los vecinos propietarios vienen manteniendo desde el inicio reuniones con los funcionarios de la Municipalidad para que dichas obras se concreten.
Que en las mismas reuniones llegaron a ponerse de acuerdo las partes, en la exención de pago de la tasa general de inmueble.
Que al no hacerse efectivo lo acordado, los vecinos acudieron al Concejo Deliberante exigiendo lo comprometido.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 982/2017
ART. 1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a condonar la deuda en concepto de la Tasa General de Inmuebles por el periodo correspondiente al año 2016, a los propietarios del loteo social “Mi Tierra, Mi Casa”
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1º de junio de 2017