Expte. N° 7.478/21
VISTO:
La Ordenanza 2419/2016. Establézcase de Interés Público y Social la Recuperación de la Costa del Río Paraná,
El estado de la calzada de la bajada de Camino del Inmigrante y ribera del Paraná,
El reclamo de los vecinos,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756; y
CONSIDERANDO:
Que es un anhelo de todo el arco gubernamental poder recuperar para el beneplácito de la población el uso de la costa de nuestro Río Paraná y por ende de todos sus accesos.
Que los proyectos legislativos en consonancia reclaman al poder ejecutivo la realización y mantenimiento de las bajadas que posee el diagrama urbano para poder llegar a la costa.
Que, Camino del Inmigrante, en otrora Camino a Guereño, adquiere relevancia por ser la arteria que nos comunica con el complejo habitacional conocido como FO.NA.VI., con los barrios que se encuentran a la vera de su traza, con campos dedicados a la producción hortícola, es línea de acceso a una importante multinacional y también a nuestro río.
Que, precisamente el tramo de calzada que desemboca en el río y en el barrio ubicado sobre la barranca, se encuentra en pésimas condiciones de transitabilidad y accesibilidad.
Que en repetidos reclamos se enumeran los inconvenientes que causa una calzada deteriorada ante la necesidad de que por allí requiera circular una ambulancia, bomberos, policías y otros miembros de la sociedad, donde en cualquiera de los casos los primeros perjudicados son los que requieran de las atenciones pertinentes y de forma general todos los pobladores de la zona.
Que es tarea del municipio desarrollar en el lugar un nivelado, estabilizado y vallado de seguridad, que redundaría en la seguridad que se necesita y que tantos ciudadanos y ciudadanas esperan.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.562/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, realice trabajos de nivelado, estabilizado y vallado de seguridad de la bajada de Avenida Camino del Inmigrante hasta la ribera del Río Paraná.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de agosto de 2.021.
