Decr. Nº 1561/21 Solicitando al DEM un informe de lo realizado en relación al tendido de la red de gas natural.

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que en en un plazo de treinta (30) días, remita un informe de todo lo realizado en virtud de lo solicitado en las siguientes normativas:

Expte. N° 7.477/21

VISTO:

            Ley Nacional Nº 24.076. Marco Regulatorio de la Actividad. Privatización de Gas del Estado Sociedad del Estado. Transición. Disposiciones Transitorias y Complementarias,

Resoluciones del ENARGAS Nº 3164/05 y 201/18;

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

            Decreto Nº 1008/17. Ampliación del tendido de la red de Gas Natural Barrio Ghiglione,

            Decreto Nº 1054/17. Ampliación red Gas Natural calle García González al 2100 ambas veredas,

            Decreto Nº 1084/17. Extensión red Gas Natural en Sección Catastral Nº 9;

            Decreto Nº 1193/18. Gestión por parte del Departamento Ejecutivo Municipal ante Litoral Gas S.A. sobre las instalaciones de red de Gas Natural y funcionamiento de los artefactos afines en todos los establecimientos educativos de Villa Gobernador Gálvez,

            Decreto Nº 1108/18. Extensión de la red de Gas Natural en el sector comprendido por las calles Brown desde Amenábar hasta Chubut,

            La página web del Departamento Ejecutivo Municipal,

            El reclamo de la comunidad educativa del establecimiento de enseñanza Nº 485 Vicecomodoro Marambio, y

CONSIDERANDO:

Que Litoral Gas se estableció el 28 de diciembre de 1992 (28 años) tras la privatización de Gas del Estado. Distribuye gas en la provincia de Santa Fe, y el noroeste de la provincia de Buenos Aires. Sirve a 661.081 clientes y tiene una concesión de 35 años.

Que la acción del Estado en cualquiera de sus categorías cuando realiza obras en los barrios no sólo mejora la calidad de vida de los vecinos sino también al mismo tiempo, incorpora valor agregado a las propiedades existentes.

Que por lo expresado más arriba es tarea del municipio gestionar ante el gobierno de la Provincia de Santa Fe para que interceda ante la distribuidora de gas  la expansión de nuevas redes de gas natural para que más vecinos y vecinas tengan acceso al mencionado servicio y al mismo tiempo bregar por la seguridad de las existentes.

Que la posibilidad de contar con el servicio referido genera en los beneficiarios la seguridad de contar con un producto más ligero que el aire, por lo que no se acumula y se dispersa en el ambiente y siguiendo las reglamentaciones de ventilación es altamente más seguro que el gas envasado, además y atentos a los tiempos que corren y a las necesidades que embargan a la sociedad con respecto a los gastos que una familia debe realizar para procurar vestimenta, salud y comida, entre otros, el emergente de las compras reiteradas de garrafas para proveerse del gas necesario para la cocina es cada día más alto, enflaqueciendo de esa manera los ya alicaídos bolsillos de nuestros conciudadanos.

Que es necesario preparar y sostener un plan de obras de gas natural para una importante porción de nuestra ciudad que carece de este servicio, asegurando la constante dinámica de obras de tendido de la red. Es por ello que este cuerpo deliberativo ha sancionado a lo largo del tiempo diversos pedidos de ampliación de obras del tendido de la red de gas natural. Más cerca en el tiempo las solicitudes de obras entre otras, como ser ampliación del tendido de la red de gas natural Barrio Ghiglione, ampliación red Gas Natural calle García González al 2100 ambas veredas, extensión red gas natural en Sección Catastral Nº 9 (en la calle Jean Jaures al 1800 vereda par y en la calle Caseros desde San Diego hasta Balcarce vereda impar), extensión de la red de gas natural en el sector comprendido por las calles Brown desde Amenábar hasta Chubut, etc.

Que según los registros exhibidos en la página web del Departamento Ejecutivo Municipal se observa como fecha de última realización de obras de gas natural en junio de 2019; momento en el que se ejecutaron trabajos pertinentes en las calles Orán y Brown alcanzando dicha obra en esa oportunidad cuatro cuadras.

Que el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) instruyó a las distribuidoras a revisar las instalaciones de gas en todas las escuelas y colegios del país que cuenten con el servicio de red. La decisión fue oficializada oportunamente a través de la Resolución 201/2018 publicada en el Boletín Oficial. Dicha medida dispuesta por el ENARGAS abarcó tanto a los establecimientos públicos como privados, y de todos los niveles.

Que este Programa de Prevención a nivel nacional aspira a tener resultados, como tuvo en 2005 una iniciativa similar que apuntaba a investigar fugas de gas y otros eventos relacionados con la seguridad en 18.701 establecimientos educativos (Resolución ENARGAS N° 3164), y que motivaron -en aquella oportunidad- cortes de suministro y clausura de artefactos. Esa acción permitió que las instalaciones quedarán en condiciones seguras de utilización.

Que por lo esgrimido más arriba fue aprobado en este Concejo el Decreto N º 1.193/2018; por el cual se ordenaba al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las gestiones pertinentes ante Litoral Gas SA, para la inmediata inspección por parte de esta última de las instalaciones de red de gas natural y funcionamiento de los artefactos afines en todos los establecimientos educativos de nuestra ciudad que cuentan con el mencionado servicio.

Que en mismo Decreto se instaba a la redacción de un informe sobre los pasos de la gestión encomendada y, oportunamente haga saber a este cuerpo deliberativo fecha de comienzo de las inspecciones requeridas y el diagrama de colegios a inspeccionar y una vez comenzadas las inspecciones mencionadas, la elevación de un informe a este cuerpo de los resultados que arrojaron los institutos evaluados.

Que al día de la fecha no se registran documentos que den fe del cumplimiento del Decreto Nº 1.193 sancionado el 20 de septiembre de 2.018.

Que en la misma página web descripta más arriba se anuncia el 29 de mayo de 2.018 que miembros del Ejecutivo local y provincial recorrieron las obras que se estaban ejecutando en la Escuela N° 485 Vicecomodoro Marambio y el Jardín Nº 290 Soles del Paraná, en esa oportunidad las obras tenían un progreso del 50 % en función de lo realizado. Según el medio electrónico denunciado el 20 de mayo de 2019 el avance de obras en la Escuela Nº 485 Vicecomodoro Marambio y el Jardín Nº 290 Soles del Paraná ya alcanzaba un 90 % de ejecución.

Que a raíz de lo mencionado en el párrafo anterior el 22 de noviembre de 2.019 con la presencia de autoridades locales y provinciales se inauguraron oficialmente las ampliaciones y construcciones nuevas de los dos establecimientos educativos.

Que el 30 de julio del corriente año se realizó por parte de la comunidad educativa de la Escuela Nº 485 Vicecomodoro Marambio un reclamo que se dio a conocer con el nombre de “Frazadaso”, en el mismo a días de la vuelta a clases luego del receso escolar invernal estudiantes, docentes y familias se organizaron para reclamar la reconexión a la red de gas natural, debido a que hace cuatro años prácticamente el establecimiento estás sin gas.

Que atentos a que se trata del mismo establecimiento educativo que fuera intervenido con obras de ampliación anunciadas e inauguradas por autoridades locales y provinciales, como se detalló más arriba, la carencia del servicio de gas natural desde hace ya cuatro años debió ser subsanada oportunamente.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.561/2.021

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que en en un plazo de treinta (30) días, remita un informe de todo lo realizado en virtud de lo solicitado en las siguientes normativas:

  1. Decreto Nº 1.008/17. Ampliación del tendido de la red de gas natural Barrio Ghiglione.
  2. Decreto Nº 1.054/17. Ampliación red Gas Natural calle García González al 2.100 ambas veredas,
  3. Decreto Nº 1.084/17. Extensión red gas natural en Sección Catastral Nº 9 (en la calle Jean Jaures al 1.800 vereda par y en la calle Caseros desde San Diego hasta Balcarce vereda impar).
  4. Decreto Nº 1.193/18. Gestión por parte del Departamento Ejecutivo Municipal ante Litoral Gas S.A. sobre las instalaciones de red de gas natural y funcionamiento de los artefactos afines en todos los establecimientos educativos de Villa Gobernador Gálvez,
  5. Decreto Nº 1.108/18. Extensión de la red de gas natural en el sector comprendido por las calles Brown desde Amenábar hasta Chubut,

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que le solicite a Superior Gobierno de Santa Fe, en un plazo de diez días, un informe sobre la problemática que atraviesa el establecimiento educativo Nº 485 Vicecomodoro Marambio según el siguiente detalle:

  1. Plan de obras de ampliación del establecimiento inauguradas en noviembre de 2019.
  2. Situación actual que impide la reconexión al establecimiento educativo del servicio de gas natural.

ART.3º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en un plazo de treinta (30) días, remita un informe sobre las obras realizadas en el tendido de la red de gas natural según el siguiente esquema:

  1. Obras de tendido de red de gas natural ejecutadas en el segundo semestre del año 2.019; año 2.020 y 2.021.
  2. Plan de obras a realizar sobre tendido de red de gas natural para aquellos sectores que aún no cuentan con el mencionado servicio.

ART.4°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de agosto de 2.021.

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