Expte. N° 7.536/21
VISTO:
Ley Nacional 24.449, Ley Nacional de Tránsito,
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
Decreto 1266/2019, Reductor de Velocidad y Señalética calle Ecuador y Camino del Inmigrante
Los pedidos y reclamos de vecinas y vecinos de la zona, y
CONSIDERANDO:
Que hemos recibido reclamos de vecinas y vecinos de zonas cercanas a calle Ecuador de nuestra ciudad, quienes manifestaron su preocupación por la alta velocidad a la que circulan los vehículos por dicha arteria, (pavimentada en el año 2018) desde Comandante Espora hasta el acceso a la planta Cargill, tras años de espera de vecinos, empresas y productores de la zona.
Que si bien la rotonda ubicada en Ecuador y Alem genera la reducción de velocidad, al igual que los reductores de velocidad colocados en Camino del Inmigrante y Ecuador, entendemos que el agregado de reductores adicionales actuaría como medida preventiva de accidentes, ya que se trata de un tramo de 2500 metros en el cual los vehículos desarrollan velocidades considerables, representando un riesgo para quienes viven y caminan por el lugar.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.584/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, a través de la Secretaría de Obras Públicas, instale reductores de velocidad con su correspondiente señalización en calle Ecuador, en un plazo de 30 días.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de octubre de 2.021.
