Expte. N° 7.528/21
VISTO:
La Ley 2756
La sanción de los Decretos N° 1505/21 y N° 1522/21 y la Minuta de Comunicación N° 2154/21, y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Deliberante en el transcurso del año, realizó pedidos de informes que aún no han obtenido respuesta por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, en virtud del párrafo precedente, considera oportuno reiterar los siguientes pedidos:
- Decreto N° 1505/21, sancionado el 31/03/21, solicitando informe detallado sobre las causas pertenecientes al Municipio que posee el Estudio Jurídico Contable De Iparraguirre & Cicchitti, indicando juzgado de radicación y estado procesal de las mismas.
- Decreto N° 1522/21, sancionado el 29/04/21, solicitando informe sobre el lavado de unidades de recolección de residuos en la zona de calle Bomberos Voluntarios y calle Levalle, detallando días, horarios y cantidad de vehículos afectados y
- Minuta de Comunicación N° 2154/21, sancionada el 16/09/21, solicitando informe sobre la situación de los carritos que desarrollan actividades en la Plaza “San Martín”.
Que es de suma importancia la pronta respuesta de los mismos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.583/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a los Decretos N° 1.505/21 y N° 1.522/21 y a la Minuta de Comunicación N° 2.154/21, en un plazo no mayor a 10 días hábiles.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de octubre de 2.021.
