Expte. N° 7.574/21
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
Reclamo de los vecinos y docentes, y
CONSIDERANDO:
Que la escuela Lisandro de La Torre N°1330 se encuentra ubicada sobre la calle Rafael Obligado al 400, la cual es doble mano, muy angosta y no presenta ningún tipo de ordenamiento vehicular.
Que el Jardín Nucleado N°236 Doctor Raúl Emilio Malatesta, se encuentra ubicado en C. Mármol 2991, en donde la calzada también es muy angosta y no existe ningún método que facilite la fluidez del tránsito.
Que en los horarios de ingreso y egreso escolar los automóviles estacionan sobre dichas calles, dificultando y obstruyendo el paso de los vehículos.
Que a raíz de los automóviles estacionados sobre Rafael Obligado y C. Mármol, se origina un gran congestionamiento de tránsito, causante de una gran cantidad de inconvenientes para los transeúntes, docentes, comerciantes y vecinos.
Que el entubamiento del canal de desagüe dejaría espacio suficiente para construir dársenas donde los automóviles puedan estacionar sin interrumpir el tránsito vehicular.
Que para evitar el congestionamiento y favorecer el flujo vehicular es necesario que se realicen obras de entubamiento y posteriormente construcción de dársenas de estacionamiento sobre la calle Rafael Obligado, en el tramo comprendido entre las calles C. Alvear y C. Mármol, y sobre la calle C. Mármol, en el tramo comprendido entre Rafael Obligado e Intendente M. Bruno.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.605/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad de realizar obras de entubamiento y posteriormente construcción de dársenas de estacionamiento a 45° en las calles:
– Rafael Obligado, entre C. Alvear y C. Mármol.
– C. Mármol, entre Rafael Obligado e Intendente M. Bruno.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de diciembre de 2.021.
