Expte. N° 7.778/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
El reclamo de los vecinos y vecinas,
La Ordenanza Nº 2822/2021 Ordenanza Tributaria período 2021, (Capítulo III, Derecho de Cementerio, ART. 28º) Tasas y Servicios),
El Decreto Nº 1272/2019. Mejoramiento del servicio de provisión de agua en el cementerio municipal e incorpore nuevas canillas públicas en el interior del mismo,
La Ordenanza Nº 2611/2019. Régimen especial de regularización de TGI y Cementerio,
El Decreto Nº 1284/2019. Garantizar la preservación edilicia y patrimonial del Cementerio Municipal “San Lorenzo”, y
CONSIDERANDO:
Que este cuerpo deliberativo sancionó el Decreto Nº 1284 en el año 2019 para que el Departamento Ejecutivo realice las gestiones necesarias en materia de seguridad para garantizar la preservación edilicia y patrimonial del Cementerio local “San Lorenzo”.
Que dicha normativa se dictó en función de los reiterados robos de más de 20 puertas de aluminio realizados oportunamente y debido también al reclamo de trabajadores del lugar, quienes describieron a esta problemática como una práctica de vieja data.
Que en el Decreto referido también se hizo referencia a las escasas luminarias en el lugar y la necesidad de priorizar el sistema de vigilancia y/o video vigilancia, ya que estas falencias juntas a otras constituyen un escenario propicio para la proliferación de actos vandálicos.
Que en la actualidad nada ha cambiado con respecto a la detallada descripción de la situación que hacía referencia el Decreto signado más arriba, puesto que los hechos que violentan contra la propiedad privada de nichos y panteones no sólo no han cesado y sino que se han exacerbados mucho más aún.
Que se ha detectado recientemente la sustracción de una puerta de vidrio tipo blindex de un panteón, que se suma a los ya mencionados y reiterados robos de placas de bronce y accesorios como cruces e imágenes.
Que todo este flagelo atenta directamente al bolsillo del ciudadano que cumple con la carga tributaria pertinente y encima debe reemplazar las pertenencias robadas para que sus seres queridos que allí yacen posean la correspondiente identificación.
Que toda esta problemática se desarrolla en un escenario donde el Estado Municipal debe actuar en consecuencia y por las observaciones realizadas y de acuerdo a los reclamos de los propietarios del lugar parece no estar presente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.701/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda envíe a este cuerpo deliberativo en un plazo de 10 días el siguiente informe:
- Medidas adoptadas en cumplimiento de lo solicitado en el Decreto Nº 1.284 del año 2019.
- Personal municipal destinado a custodiar el patrimonio de los nichos y panteones.
- Detalle de los posibles robos y sustracciones de placas de bronce, accesorios, aberturas y otros implementos perpetrados en el Cementerio local.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de julio de 2.022.
