Decr. N° 1749/22 Solicitar al DEM informe las acciones realizadas en base a lo dispuesto por el Decr. Nº 1252/2019, creación de un Banco de Alimentos de Villa Gobernador Gálvez.

Expte. N° 7.853/22

VISTO:

La Constitución Nacional,

La Ley Nacional N° 25.989, Régimen especial para la donación de alimentos,

La Ley Nacional N° 27.454, Plan Nacional de reducción de pérdidas y desperdicios de alimentos,

La Ley Nacional N° 25.724, Programa de nutrición y alimentación nacional,

El Código Alimentario Argentino,

La Ley Provincial N° 2.756, Ley Orgánica de Municipalidades,

La Ley Provincial N° 2.998, Código bromatológico de la Provincia de Santa Fe,

El Decreto Provincial N° 2.461, Creación del Área de alimentación segura, saludable y nutritiva.

Decreto N° 1252/19 Creación del Banco de Alimentos Local, y

CONSIDERANDO:

Que Los Bancos de Alimentos (BDA) son organizaciones que contribuyen a reducir el hambre, la malnutrición y el desperdicio de alimentos en el país, rescatando alimentos aptos para el consumo, a fin de almacenarlos, clasificarlos y poder distribuirlos, de manera trazable y segura, entre entidades de ayuda comunitaria adheridas a los BDA.

Que existen hoy día 4.818 entidades vinculadas a la RED BDA.

Que por el contexto inflacionario sufrido hace años en el país se ha tornado difícil para muchas familias garantizar la cantidad y calidad de comidas diarias.

Que muchas empresas de nuestra ciudad contribuyen al funcionamiento del BDA de la ciudad de Rosario.

Que la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), abordó la problemática del desperdicio de alimentos en Argentina, revelando, que se desperdician cerca de 16 millones de toneladas de comida al año.

Que en nuestra ciudad, el Departamento Ejecutivo Municipal lleva a cabo diferentes servicios de asistencia alimentaria a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social.                   

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.749/2.022

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que informe las acciones realizadas en base a lo dispuesto por el DECRETO Nº 1.252/2.019, el cual establece distintas directrices con el fin de crear el Banco de Alimentos de Villa Gobernador Gálvez.

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de septiembre de 2.022.

print
Scroll al inicio