Expte. N° 7.851/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
El reclamo y preocupación de los vecino/as y,
CONSIDERANDO:
Que vecinos de calle Filippini, entre Simón Bolívar y García González reclaman y manifiestan la necesidad de colocación de reductores de velocidad.
Que la colocación de reductores de velocidad en el lugar garantizaría la disminución de futuros accidentes de tránsito, daría mayor seguridad y tranquilidad a los vecinos y una respuesta positiva a sus constantes reclamos.
Que en las inmediaciones se encuentra el Club Atlético Coronel Aguirre, motivo por el cual existe una gran y constante presencia de peatones y vehículos.
Que la seguridad vial es un tema que requiere ocupación y es de gran importancia ordenar el flujo vehicular para consecuentemente prevenir accidentes.
Que los reductores minimizan la velocidad de los vehículos y reduce la posibilidad de que se produzcan accidentes, brindando mayor seguridad a conductores y peatones.
Que es deber del municipio velar por la seguridad vial de los ciudadanos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.750/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Obras Públicas, estudie la factibilidad de colocar reductores de velocidad en Av. Filippini entre Simón Bolívar y García González.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de septiembre de 2.022.