Expte. N° 7.884/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
El Programa Nacional de Fortalecimiento de Seguridad
El pedido de los y las vecinas y los hechos delictivos y de violencia que padecen los usuarios del servicio público de pasajeros, y
CONSIDERANDO:
Que son muchos los casos de usuarios del servicio público que están siendo objeto de robos y hechos de violencia mientras se encuentran a la espera del servicio en la vía pública.
Que la falta de control y de iluminación en las paradas las transforman en ámbitos propicios para la proliferación de estos hechos de violencia.
Que, asimismo, esta situación se ve agravada durante el horario nocturno, cuando es menor la circulación vehicular y disminuye la presencia de pasajeros, tornando aún más vulnerable a quienes se encuentran largo tiempo esperando el arribo del transporte público.
Que las garitas contempladas dentro del programa anteriormente mencionado incorporan como elementos de seguridad:
- Cámara de videovigilancia conectada al Centro de Monitoreo del servicio 911.
- Teléfono público con acceso gratuito a números de emergencia.
- Botón antipánico con alarma sonora y lumínica
- Iluminación LED
- Wifi
- Puertos USB para cargar teléfonos
- Terminal Automática para que las y los pasajeros puedan validar o revisar el saldo de la tarjeta que esté en uso en el Sistema.
Que el establecimiento de paradas con elementos de seguridad para el transporte urbano permite generar prevención, seguridad y tranquilidad no solo para los usuarios sino que tambien para los conductores de unidades, quienes se verán beneficiados al saber que están arribando a una parada en donde podrán encontrar auxilio ante posibles situaciones de riesgo.
Que, además, el hecho de generar espacios seguros con elementos de seguridad resultan ser una medida que posibilite garantizar la integridad de las personas y sus bienes.
Que este aporte desde el Estado local permitirá prevenir hechos delictivos, dando a los usuarios y trabajadores mayores y mejores garantías que permitan afianzar su seguridad e integridad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.772/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberantele solicita al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaría que corresponda arbitre los medios necesarios ante al gobierno provincial para la implementación de Garitas Seguras en nuestra ciudad, en el marco del Programa Nacional de Fortalecimiento de Seguridad.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de septiembre de 2.022.