Expte. N° 7.896/22
VISTO:
La Ley Provincial N°2756 (Ley Orgánica de Municipalidades), y
CONSIDERANDO:
Que Xiomara Villar es una niña villagalvense de 13 años que padece una enfermedad neuromuscular de base que le impide respirar sin ayuda mecánica.
Que dicha condición vuelve imprescindible el uso de un aparato de asistencia respiratoria, concretamente un respirador de tipo NPB 560, el cual le proveeventilación asistida durante las 24 horas del día.
Que Xiomara Villar vive con su familia en calle Artigas a la altura del 500 entre Av. San Martín y calle Unamuno.
Que el día 1° de septiembre el respirador dejó de funcionar por las condiciones ambientales inadecuadas derivadas del polvo en suspensión existente en Artigas al 500, por ser una calle de tierra, sin mejorado alguno y con el agravante de lo irregular en la prestación del servicio de riego en dicha arteria, según refiere la madre de Xiomara.
Que las causas en el fallo del equipo NPB 560 fueron constatadas por María Blanc, Bioingeniería de la empresa TMD S.A (Terapias Médicas Domiciliarias SA) firma encargada de entregar los dispositivos de asistencia respiratoria, por pedido del Hospital Provincial Dr. Anselmo Gamen.
Que de acuerdo al informe elevado por la Bioingeniera María Blanc tras evaluar el estado del equipo se comprobó la existencia de tierra en el interior del mismo, tanto en el display como en sus distintos componentes.
Que en el mencionado informe se concluyó que la cantidad de tierra en el ambiente derivada de la acción del viento y del paso de los vehículos por la calle Artigas al 500, hizo colapsar la turbina que genera la presión de aire, impidiendo que el equipo siga funcionando y prestando soporte vital a Xiomara.
Que entre las recomendaciones hechas por la Bioingeniería destaca la necesidad de mejorar la calle de modo que se evite al máximo la tierra en suspensión, situación que exige la pavimentación o al menos el mejorado con áridos de la misma para posibilitar que Xiomara siga llevando adelante sin riesgos su terapia intensiva domiciliaria.
Que en tal sentido venimos a solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que, a la mayor brevedad posible, se lleven adelante las obras de mejorado y/o pavimentación de calle Artigas al 500 para garantizar las mejores condiciones ambientales posibles teniendo en cuenta la extrema vulnerabilidad en que se encuentra Xiomara Villar, derivada de la enfermedad que padece.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.777/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría correspondiente y a la mayor brevedad posible, realice tareas de mejorado mediante la utilización de áridos y/o asfaltado en calle Artigas a la Altura del 500, entre calles San Martín y Unamuno. Obras destinadas a mejorar la calidad ambiental en dicha arteria evitándose el polvo en suspensión que actualmente se produce por ser una calle de tierra y debido a que en la cuadra vive Xiomara Villar, una niña de 13 años que sufre una enfermedad neuromuscular de base que le impide respirar sin ayuda mecánica y que últimamente ha visto peligrar su supervivencia porque la tierra que entra en su vivienda ha causado desperfectos en el respirador que utiliza durante las 24 horas del día, dispositivo imprescindible para su terapia intensiva domiciliaria.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de octubre de 2.022.