Expte. N° 7.924/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
La Ordenanza N° 272/77 “Reglamentación de Servicio de Taxis” y sus modificatorias,
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario que se realice un mayor y mejor control de la prestación del servicio de Taxis en nuestra ciudad.
Que en el artículo N° 28 de la Ordenanza N°272/77 se expresan los días, horarios y turnos en los que deberá prestarse el servicio de Taxis.
Que es fundamental, para lograr una mejoría en el servicio y contribuir a un correcto funcionamiento del mismo, que se dé cumplimiento al artículo mencionado en el párrafo precedente.
Que es responsabilidad del Municipio efectuar los controles necesarios para lograr un eficiente funcionamiento del Servicio Público de Taxis.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.793/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento al Artículo N° 28 de la Ordenanza 272/77 “Reglamentación de Servicio de Taxis”, realizando los controles correspondientes.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de octubre de 2.022.