Expte. N° 7.965/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, y
CONSIDERANDO:
Que la pavimentación de calle Liniers, entre Ing. Mosconi hasta E. Bordabehere, es un pedido constante de los vecinos que viven en el lugar.
Que es importante realizar la pavimentación pués mejorará la calidad de vida.
Que resulta necesaria la pavimentación de las calles, ya que traerá cambios en la movilidad de los vecinos en los días de lluvia facilitando la entrada y salida de vehículos y peatones, permitiendo además el ingreso de los servicios de emergencia (ambulancias, bomberos, policías).
Que la red de desagüe permitirá prevenir inundaciones y el estancamiento del agua.
Que la pavimentación reduce el polvo generado por el tráfico vehicular, con lo cuál mejorará la calidad del aire y condiciones de salud.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.808/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Obras Públicas estudie la factibilidad de incluir en el plan de obras la pavimentación y red de desagüe correspondiente en calle Liniers entre Ing. Mosconi hasta E. Bordabehere. Mientras tanto se deberá realizar el nivelado, mejorado y acondicionamiento de dicha arteria.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de noviembre de 2.022.