Expte. N° 7.972/22
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El Decreto N° 1695/2022.
El reclamo constante de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la actualidad hay barrios de la ciudad donde hay baja presión de agua o no cuentan con este servicio básico.
Que el agua salubre y fácilmente accesible es importante para la salud pública.
Que la falta de agua afecta considerablemente a la higiene, trayendo aparejado un sin fin de enfermedades e infecciones.
Que es responsabilidad del Municipio gestionar ante Aguas Santafesinas S.A la mejora del abastecimiento de agua, del saneamiento y los recursos hídricos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.807/2.022
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda, realice gestiones ante la empresa Aguas Santafesina S.A. con el objetivo de proporcionar agua corriente a toda la ciudad y para mejorar la presión en las zonas afectadas el último mes.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de noviembre de 2.022.