Expte. Nº 7.280/20.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El anegamiento producido en calle Opicci, entre las calles San Diego y Gral. López a raíz de la caída de aguas de lluvia,
Los reiterados trabajos de reparación de la calzada en el sector de calle Opicci ya señalado,
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que por las caídas de las recientes precipitaciones se observa en la calle Opicci, entre las calles San Diego y Gral. López un anegamiento que cubre totalmente la calzada de la primera, y en el sector detallado, y a consecuencia de lo mencionado llegando en ocasiones a ingresar agua en algunos de los domicilios particulares.
Que estos inconvenientes mencionados en el párrafo precedente son de vieja data, y se exacerban en épocas de mayor ocurrencia de lluvias. Por lo que la presencia de agua en la calle produce efectos adversos con respecto a la consistencia del suelo del pavimento.
Que en el mismo sentido el segmento de arteria denunciado muestra desde hace tiempo deterioros importantes en la superficie de su calzada, razón por la cual se realizan reiterados trabajos de reparación de la misma.
Que por lo dicho, la problemática del anegamiento y la rotura de la calzada son hechos que se encuentran concatenados, produciéndose un círculo vicioso en donde los más afectados son los vecinos y vecinas del lugar, los ocasionales transeúntes y las arcas del municipio a la hora de reparar una y otra vez dicho pavimento.
Que por lo expresado resulta necesario elaborar un plan de obras de desagües pluviales que proporcione mayor capacidad de evacuar los efluentes, por lo que debería consistir en nuevas tuberías de superior diámetro a los existentes.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.490/2.020
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a travès del área que corresponda, ejecute trabajos de limpieza y desobstrucción de los desagües pluviales de calle Opicci, entre las calles San Diego y Gral. López.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a travès del área que corresponda, realice trabajos de reparación de calzada en calle Opicci, en el sector mencionado en el Art. 1°.
ART. 3°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, desarrolle un estudio de factibilidad de nuevos desagües pluviales en la zona detallada en el Artículo Nº 1; que aseguren mayor capacidad de evacuación.
ART.4) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de diciembre de 2020