Expte. Nº 7.323/21.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756;

El estado de la calzada de calle San Nicolás al 2200; mano norte – sur;

El reclamo de los vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que calle San Nicolás es una arteria fundamental en la conexión de los extremos de las secciones catastrales N° 11 y N° 12, desde calle Mosconi hasta Temporelli respectivamente.

Que los cambios realizados en su calzada, asfalto desde Avenida Soldado Aguirre hacia el sur, y de hormigón desde dicha Avenida hacia el norte, propiciaron el aumento del caudal vial en toda su extensión.

Que el estado de las calles con respecto a su calzada hace a la seguridad de todos los habitantes, cualquiera que fuere el medio de locomoción. En este sentido de acuerdo a observaciones efectuadas en la arteria mencionada detectamos una rotura del pavimento de proporciones generosas que atenta contra dicha seguridad.

Que la imperfección se encuentra situada en calle San Nicolás al 2200 mano norte – sur a escasos metros de la intersección con calle Gral. Levalle. Se trata de un desplazamiento hacia arriba de un paño de hormigón que formó un cordón de media calzada que impide el tránsito vehicular, obligando a los ocasionales automovilistas a realizar maniobras evasivas hacia la mano contraria para poder esquivarlo, poniendo en serio riesgo de accidentes a aquellos que no detecten el inconveniente en cuestión.

Que las maniobras evasivas referidas más arriba ponen en riesgo a otros automovilistas y a los ocasionales peatones que en el lugar y debido a no poseer veredas en condiciones son asiduos ocupantes de la acera.

Que también atenta contra la infraestructura del resto del pavimento debido a que se filtra agua producto de lluvias u otros sucesos, deteriorándose de esa manera el suelo base en donde se encuentra emplazado el hormigón que constituye la calzada.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.504/2.021

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, se ejecuten  trabajos de reparación de la calzada de calle San Nicolás al 2200; mano con sentido de circulación vial norte-sur, intersección con calle Gral. Levalle.

ART.2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de marzo de 2.021.

Descargar PDF: Decreto 1504-21

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