Expte. Nº 7.353/21.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
El Decreto N° 1608/19 “Coloque reductores de velocidad en la intersección de las calles Alvear y Fornieles”.
El Decreto N° 1.329/19 “Tareas de zanjeo y desmalezamiento en el tramo comprendido de calle Pablo VI, entre Av. San Martín y Caseros”
El reiterado reclamo de los vecinos del sector, y
CONSIDERANDO:
Que es de vieja data que la calle Pablo VI desde Av. San Martín hasta calle Caseros se encuentra con las zanjas de ambos lados obstruidas con desechos y pastizales, lo que provoca estancamientos de agua en la calle y veredas.
Que los días de lluvia no circula el agua, provocando inundaciones en las casas de los vecinos debido a que la zanja no desemboca en ningún entubamiento para su correspondiente circulación, y a su vez, los días de intenso calor causa un olor nauseabundo y una proliferación de mosquitos que ocasiona un gran malestar en los vecinos.
Que, es deber del Departamento Ejecutivo Municipal realizar trabajos de zanjeo, desmalezamiento y desinfección en los barrios de la ciudad que así lo requieran.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.518/2.021
ART.1°) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la secretaría que corresponda, dé cumplimiento al Decreto N° 1329/19 “Tareas de zanjeo y desmalezamiento en el tramo comprendido de la calle Pablo VI, entre Av. San Martín y Caseros”, en un término de 15 días.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de abril de 2.021.
Descargar PDF: Decr. 1519-21_04-30-2021-115049
