Expte. N° 8.328/24

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
Los históricos reclamos de los y las vecinas del barrio con respecto a la seguridad de los chicos, y

CONSIDERANDO:
Que en el cruce de Av. General Juan D. Perón y Córdoba, en la Plaza del Ferroviario, hay cercanía
con los juegos de la misma, donde diariamente juegan muchos niños y niñas.
Que no hay ningún tipo de contención, tanto para los niños y niñas como para las pelotas con que
juegan, que continuamente se salen de la superficie de la plaza y hay posibilidades de que los mismos bajen a
la calle a buscarlas, o por otros motivos, con peligro de accidente fatales debido a la velocidad del tránsito de
Av. General Juan D. Perón.
Que no hay ningún tipo de contención para posibles accidentes de vehículos, con posibilidades de
subir a la plaza y generar un accidente fatal.
Que no hay ningún tipo de señalización de ningún tipo, ni semáforos, que eviten estos posibles
accidentes.
Que el último domingo 7, se realizó una recolección de firmas de los padres y madres de los niños
presentes en la plaza, que adhieren a esta preocupación.
Que el día 4 de abril se produjo un accidente en el cruce de Av. Gral. Juan. Domingo Perón y
Córdoba, que terminó con el vuelco de un vehículo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.950/2.024

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda, proceda a instalar la infraestructura necesaria que sirva de contención de posibles
vehículos que por accidente suban a la superficie de la plaza, y también para cuidado de los chicos que juegan en la misma. Dicha obra será realizada en el sector comprendido entre la bicisenda y los juegos, paralela al cordón desde Córdoba hasta Dorrego.

ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de abril de 2.024.

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