ORDENANZA N° 3036/2024 – Construcción de dársenas acordes para el emplazamiento de los contenedores de residuos domiciliarios.

Expte. Nº 8.338/24

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
La Ley N° 13.055 de Basura Cero.
La Ordenanza N°2.317/15 de adhesión a la ley de Basura Cero.
Los contenedores de residuos ubicados en las calles de la ciudad, y

CONSIDERANDO:
Que los contenedores de nuestra ciudad se encuentran en un proceso de desgaste debido al tiempo
y manipulación cuando son movidos de un determinado lugar a otro sin respetar su correspondiente
ubicación.
Que, en algunos puntos, éstos se encuentran con deformaciones por golpes y mala manipulación,
consecuencia de que en determinadas calles, al ser éstas muy estrechas, los vehículos en algunas
ocasiones los golpean.
Que la construcción de dársenas en los lugares donde se encuentran ubicados los contenedores de
residuos de nuestra ciudad para su anclaje, son importantes para mantener su durabilidad y prolongar su
uso, evitando así el desplazamiento y manipulación de los mismos y también preservando la economía de
nuestro municipio ya que el valor monetario de compra es muy elevado.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.036/2.024

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, proceda a la construcción de dársenas acordes para el emplazamiento de los
contenedores de residuos domiciliarios.

ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, apruebe el diseño general y características para la construcción de las
dársenas referidas en el artículo precedente.

ART.3°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, en el sector de la vereda donde se construya la dársena, quede una franja libre
para la circulación de peatones de por lo menos tres metros de ancho.

ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de abril de 2.024.

AUTORA: PATRICIA GONZALEZ.

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