Expte. N° 8.375/24
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756;
El Decreto N° 878/16,
El reclamo de las y los vecinos de calle Manuel Leiva entre Camino del Inmigrante y F.
Kennedy, y
CONSIDERANDO:
Que en relación con el sistema de contenedores se observa la ausencia de unidades en toda la
zona,
Que la falencia detallada en el párrafo precedente tiene como consecuencia la presencia de
residuos domiciliarios en la vía pública poniendo en riesgo la salud e integridad física de los habitantes,
Que hace dos años hubieron contendores en la zona pero los retiró el municipio,
Que el Decreto N° 878/16, ordena que se reponga o repare las unidades de contenedores para
residuos domiciliarios que estén dañados, inutilizables o hayan salido de circulación,
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.967/2.024
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, eleve en el plazo de 15 días hábiles un informe sobre la ausencia de
contenedores en calle Manuel Leiva entre las calles Camino del Inmigrante y F. Kennedy.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de mayo de 2.024.
AUTORA: DANIELA BERMUDEZ.

