Expte. N° 8.581/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
La Ordenanza N° 116/74 Reglamento de edificación,
El Código Municipal de Faltas- Título V, Articulo Nº 138,
El Decreto N° 1.977/24,
La necesidad de construcción de veredas reglamentarias en nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que la calle Cervantes de Pueblo Nuevo, es una arteria importante de tránsito, no solo por su
ubicación en paralelo a la Av. Circunvalación Presidente Arturo Illia, sino que también por su conexión
de ingreso a la zona sur de la ciudad de Rosario, lo que implica una alta circulación de vehículos.
Que la intersección de calle Cervantes y Avenida Argentina es transitada por muchos vehículos
que doblan de Oeste a Norte o Sur y viceversa, debido a que ambas calles son de doble sentido de
circulación y se conectan a la Escuela Nuestra Señora de la Paz y el Frigorífico Swift, lo que dificulta la
circulación de los ciudadanos que transitan por esa zona.
Que en dicha intersección en el lote Nº 21, manzana Nº 10, zona catastral Nº 1, se observa un
desnivel de pasto y tierra entre la línea de la acera y de edificación, no contando con veredas
reglamentarias para la correcta circulación de los peatones.
Que la Ordenanza N°116/74 Reglamento de edificación, en su punto Nº3 dispone: “ En todo el
Municipio de Villa Gobernador Gálvez es obligatoria la construcción de veredas de distintos tipos y
características, según los diferentes distritos”.
El Código Municipal de Faltas. Título V, Art. Nº 138 “Cercos y veredas”, los propietarios de
inmuebles que en relación a los cercos alambrados (según los casos) y aceras reglamentarias incurran en
algunas de las faltas que a continuación se detallan con construcción de cerco o vereda 138.2 – La falta
de reparación de los mismos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.059/2.024
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda, solicite al propietario del lote Nº 21, manzana Nº 10, zona catastral Nº 1;
la construcción de veredas reglamentarias ubicada sobre la calle Cervantes.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de noviembre de 2.024.
AUTORA: PATRICIA GONZALEZ.


