DECRETO Nº 1837/2023 El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaría que corresponda, realice los trabajos pertinentes para la reparación, limpieza, reposición de rejillas, colocación de tapas, desmalezamiento y desobstrucción de las cámaras de desagües pluviales de la calle Julio A. Roca en el tramo comprendido desde calle San Luis hasta calle Independencia.

Expte. N° 8.075/23

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756;

El Decreto N° 1.834/22,

El estado de las cámaras de desagües pluviales de calle Julio A. Roca,

Los inconvenientes de anegamiento provocados por el mal estado de las bocas de tormentas,

La falta de tareas de mantenimiento y limpieza de rutina de las cámaras de desagües pluviales en toda la ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que según el relevamiento efectuado en calle Julio A. Roca sobre el estado de las cámaras de desagües pluviales, este ha arrojado el resultante del mal estado de la mayoría de las cámaras mencionadas.

Que las signadas presentan roturas en sus tapas, inexistencia de rejillas, hundimientos de la calzada en la zona adyacente, presencia de vegetación en el interior y otras imperfecciones en su infraestructura.

Que sin dudas las problemáticas denunciadas en el párrafo precedente provocan otros serios inconvenientes debido a que la inexistencia de rejillas permite el ingreso a los conductos de desagües de todo tipo de materiales que producen taponamientos de las referidas cámaras y de los caños de desagües pertinentes y por ende anegamientos temporales con la ocurrencia de caídas de aguas de lluvia.

Que la falta de las correspondientes tapas además de contribuir con lo dicho en el anterior párrafo, convierte a las cámaras aludidas en severos escenarios de alto riesgo con respecto a la integridad física ante potenciales accidentes

Que las roturas y faltante enunciadas cuando se prolongan en el tiempo, es decir cuando la reparación o limpieza de ellas no se realiza oportunamente, en ocasiones de nada sirven cuando se practican tardíamente, ya que el prolongado lapso con ingreso de materiales extraños a los conductos de desagües en reiteradas oportunidades provoca obstrucciones con la consecuente inoperancia irreversible de estos.

Que toda esta situación plasmada, es la que debemos evitar como Estado, porque se generan de esta manera mayores erogaciones de dinero para poder solucionar los problemas, es decir un inconveniente que se solucionaría con el mantenimiento y limpieza rutinario de cámaras de desagües redunda en el reemplazo de cañerías inutilizadas a raíz de la falta de dichas tareas.

Que más allá de peticionar al Ejecutivo la limpieza y reparación puntal de las bocas de tormentas señaladas, es necesario que el órgano de gobierno mencionado desligue un plan de tareas, coordinado y reiterado de mantenimiento y limpieza de todas las cámaras de desagües, hoy en día, inexistente.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.837/2.023

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaría que corresponda, realice los trabajos pertinentes para la reparación, limpieza, reposición de rejillas, colocación de tapas, desmalezamiento y desobstrucción de las cámaras de desagües pluviales de la calle Julio A. Roca en el tramo comprendido desde calle San Luis hasta calle Independencia.

ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaría que corresponda, confeccione y ejecute en toda la ciudad un programa de mantenimiento y limpieza rutinario de las cámaras de desagües pluviales que contemple las tareas solicitadas en el artículo N º 1.

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de mayo de 2.023.

 “Año del 40° Aniversario de la Restauración Democrática en Argentina”.

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