Expte. N° 8.082/23

VISTO:

             La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756

El estado de las cunetas de Filippini en el sector catastral Nº 12;

             El estado de las cunetas de García González entre Buenos Aires y Filippini,

             El reclamo de los vecinos y vecinas del lugar, y

CONSIDERANDO:

             Que de acuerdo a observaciones realizadas en calle Filippini en el sector catastral de nuestra ciudad Nº 12; y en calle García González entre Buenos Aires y la mencionada primeramente, encontramos en mal estado las cunetas de la señaladas, con malezas, residuos y con aguas estancadas en claro estado de putrefacción.

             Que el inconveniente descripto anteriormente se produce a raíz de la falta de mantenimiento con respecto a la limpieza y desmalezamiento de los desagües referidos. Acción que desencadena el anegamiento signado y el mismo se convierte en un escenario propicio para la proliferación de insectos capaces de propagar enfermedades infectocontagiosas.

             Que también emana de las cunetas en cuestión el olor nauseabundo característico de los efluentes en estado de descomposición, situación que perjudica a los vecinos y vecinas del lugar, deteriorándole la salud y la calidad de vida.

             Que la problemática denunciada tiene que ver con la falta de trabajos rutinarios de limpieza, desobstrucción y desmalezamiento de los conductos pluviales, tarea que debe estar esquematizada y ejecutada por la Secretaría de Servicios Públicos de manera sistemática durante todo el año.

             Que a consecuencia de la carencia mencionada en el párrafo precedente se han dictado en este cuerpo deliberativo numerosas normativas solicitándole al Departamento Ejecutivo Municipal que realice tareas de limpiezas y desmalezamientos en distintos puntos de la ciudad con situaciones similares a la problemática de los desagües referidos en el presente documento.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 1.844/2.023

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, realice tareas de limpieza, desmalezamiento y desobstrucción de las cunetas de Filippini en el sector catastral Nº 12; y García González entre calles Buenos Aires y Filippini.

ART.2) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, desarrolle un programa de limpieza, desmalezamiento y desobstrucción de forma sistemático y rutinario de todas las cunetas y desagües pluviales de la ciudad.

ART.3°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de mayo de 2.023.

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