Expte. N° 8.088/23
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
El pedido de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Cafferata y Pellegrini hay una plaza , la cual es bastante concurrida por vecinos, especialmente niños.
Que la misma, carece de mobiliarios para las familias que allí concurren.
Que ya hay antecedentes que allí y en las esquinas que conforman dicho cruce de arterias, algunos vecinos de malos hábitos utilizaron esos terrenos para arrojar basura o transitar por ellos con sus vehículos para llegar a sus hogares.
Que en otras plazas de la Ciudad incluso han ocurrido usurpaciones.
Que es menester que el Municipio incentive el disfrute en familia en espacios verdes, como también así bregar por la interacción entre niños del mismo barrio.
Que en otras plazas de esta Ciudad hay juegos que son muy usados por niños de distintas edades.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.845/2.023
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, coloque Juegos Infantiles en la plaza ubicada en las intersecciones de las calles Cafferata y Pellegrini.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de mayo de 2.023.

