Expte. N° 8.136/23
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756,
Reclamo de los vecinos y comerciantes; y
CONSIDERANDO:
Que en calle Filippini, en el tramo comprendido desde Pje. 4 hasta Gral. López, se dificulta la circulación vehicular debido a los numerosos baches de la calzada.
Que los vecinos y comerciantes de la zona manifiestan su preocupación y reclaman por diferentes tareas de bacheo.
Que al ser una zona comercial es muy transitada y es un riesgo para los peatones y conductores que transitan habitualmente por este sector.
Que, en dicha arteria, circulan constantemente una gran cantidad de vehículos, como así también, transporte público de pasajeros y camiones, por ende, se incrementa el deterioro de las mismas.
Que resulta peligroso para los conductores que deben realizar maniobras riesgosas para esquivar los pozos, ya que esto puede conllevar a ocasionar accidentes de tránsito.
Que por ello es necesario que se realice las tareas de bacheo pertinentes para mantener en optimas condiciones la calzada y prevenir accidentes viales.
Que es de suma importancia brindarle mayor accesibilidad y seguridad a los vecinos y vecinas, para que puedan circular en una red vial confiable.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.881/2.023
ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda proceda a realizar trabajos de bacheo en Av. Filippini en el tramo comprendido entre las calles Pasaje 4 hasta Gral. López.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de junio de 2.023.

