Expte. N° 8.157/23VISTO: La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756La Ordenanza N° 2.734/15, Reglamento de Forestacion,La ola de calor extremo reinante en el hemisferio norte, incluido Medio Oriente, algunos países de Asia y ChinaLas acciones previstas por la Organización Mundial de las Naciones Unidas (ONU) para un posible nuevo récord de temperaturas, El cambio climático que afecta a todo el planeta y las consecuencias en nuestro país, La falta de campañas de forestación a nivel local y su importancia como atenuante de las consecuencias del cambio climático, yCONSIDERANDO: Que el Hemisferio Norte arde con una ola de calor extremo y los expertos advierten por la llegada de temperaturas “infernales”. Que en medio de una ola de calor extremo que azota el hemisferio norte de nuestro planeta, con temperaturas nunca antes vistas, los expertos advirtieron que la Tierra se convertirá en un “infierno” si los gobiernos no hacen algo con respecto al cambio climático. Que nuestro país, por su parte, también batió sus propios récords en la última temporada, ya que el verano pasado se registraron diez olas de calor, cuando lo normal es atravesar entre cuatro o cinco. Que la tendencia global muestra que enfrentaremos mayores olas de calor. Si bien no es posible determinar si el próximo verano será similar al anterior, vale la pena estar preparado para minimizar los impactos de estos fenómenos extremos El incremento en la frecuencia y severidad de las olas de calor es una manifestación directa del cambio climático y es lo que se está observando en diversas regiones del hemisferio norte como se expresa más arriba. Que el cambio climático no sólo produce un aumento de temperaturas, también afecta la producción de alimentos, aumenta el riesgo de inundaciones y sequías, y genera un deterioro de la calidad del aire; a la vez que también afecta al Derecho a la salud que toda. persona tiene para el disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, al Derecho a Vivienda, que toda persona tiene a un nivel de vida adecuado para sí misma y para su familia, lo que incluye el acceso a vivienda adecuada y al Derecho al agua y al saneamiento, para que toda persona pueda acceder al agua potable para uso personal y doméstico y a saneamiento que garanticen el mantenimiento de la salud. Que el cambio climático afecta a todas las personas y, por tanto, todas y todos tenemos la obligación de actuar y luchar contra el mismo para minimizar, frenar y detener los efectos y los impactos del cambio climático. Sin embargo, la responsabilidad no recae sobre todos por igual, algunos de los principales actores que deben actuar son: La acción de los Estados en la lucha contra el cambio climático Los Estados tienen la obligación de mitigar los efectos nocivos del cambio climático tomando las medidas más ambiciosas posibles para evitar o reducir la emisión de gases de efecto invernadero en el plazo más breve posible; impedir la tala indiscriminada de árboles y realizar campañas de forestación, y también adoptar todas las medidas necesarias para ayudar a quienes están dentro de su jurisdicción a adaptarse a los efectos previsibles e inevitables del cambio climático, para que los mismos se hagan sentir lo menos posible en sus derechos humanos. Las empresas también deben luchar contra el cambio climático Las empresas también tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos. Para cumplir con ella deben evaluar los posibles efectos de sus actividades en los derechos humanos y adoptar medidas para evitar las repercusiones negativas; deben publicar sus conclusiones y sus medidas de prevención y deben además tomar medidas para remediar los abusos contra los derechos humanos que causan o a los que contribuyen, ya sea por sí mismas o en colaboración con otros actores. Su responsabilidad se extiende a los daños a los derechos humanos derivados del cambio climático. Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:DECRETO Nº 1.891/2.023ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de las Secretarías que correspondan implemente las siguientes acciones: 1. Campaña de Forestación en todo el territorio del municipio. 2. Control del estado del arbolado público. 3. Campaña de difusión para informar a la ciudadanía toda sobre cómo cuidarse de los efectos de los golpes de calor en la temporada estival. 4. Desarrollo de acciones en conjunto con industrias y empresas para mitigar y/o reducir los posibles efectos del cambio climático.ART 2°) En caso de existir acciones vinculadas a lo solicitado en el Art 1°, infórmese a este Cuerpo en el plazo de 10 días hábiles.ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de agosto de 2.023.

