Expte 6495/18 Frente Progresista Cívico y Social

Visto:

Ley Orgánica de Municipalidades N 02756,

La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante,

El Libro “Villa Gobernador Gálvez, su historia, su gente” Autores: Omar A. Simón, José Luis Gauna, Patricia Liliana Gómez,

La necesidad de resguardar y preservar el Patrimonio Histórico de nuestra ciudad.

Considerando:

Que nuestro patrimonio histórico está formado por bienes, espacios y tradiciones legados por la historia, que nos transmiten mensajes generando vínculos comunes y colectivos.

Que en el inmueble sito en calle Levalle y las vías del ferrocarril Rosario-Buenos Aires se irguió en la etapa fundacional, una de las edificaciones inaugurales y tal como cita el libro ‘Villa Gobernador Gálvez, su historia, su gente’ fue “Otra de las primeras propiedades que se construyeron después de la fundación y fue el edificio donde funcionó la primera escuela primaria de la zona, que inició sus funciones el 5 de febrero de 1893”, refiriéndose a la Escuela N O 132 Asamblea del Año XIII.

Que, si bien en la actualidad el edificio de dicho solar fue demolido, es importante considerar que el espacio cuenta con un gran valor de identidad y merece la pena detenernos a razonar sobre la conservación del mismo como patrimonio histórico y cultural a escala local.

Que el lugar cuenta con potencial para el desarrollo urbano, ambiental y cultural de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo Io expuesto, los concejales del Bloque Frente Progresista Cívico y Social elevan para su tratamiento y posterior aprobación el presente proyecto de:

ORDENANZA

Art 10 ) Declárese Patrimonio Histórico y Cultural el solar sito en calle Levalle N O 1853, N O 1865 y N O 1885, Sección IO, Manzana 21, Lotes IO, 11 y 12 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez por poseer valiosos antecedentes históricos.

Art 20) Dispóngase la colocación de un cartel que identifique el solar descripto en el Art 1 0 como Patrimonio Histórico y Municipal de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.

Art 3 0) De forma

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