Min. 1550/08 Obras en Desagüe Amenabar

Expte. Nº 3.179/08.

VISTO:

             La Ordenanza Nº 1.722/07, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 , y

CONSIDERANDO:

    Que el 3 de agosto de 2.007 se aprobó en este Concejo Deliberante la autorización para la firma del contrato de obra pública entre la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de la obra de desagüe pluvial de calle Amenabar.

    Que la Ordenanza Nº 1.722/07 en su Art.3º pedía que una vez suscripto el contrato éste debía ser remitido al Concejo para su conocimiento conjuntamente con el Convenio Particular “Sub Programa Federal para el Mejoramiento del Hábitat Urbano, Obras de Infraestructura y Obras Complementarias” y no habiendo ingresado a este Cuerpo  Deliberativo, dicho contrato, hasta la fecha.           

    Que el desagüe pluvial de calle Amenabar vereda par entre Caseros y Pavón ya está finalizado.

    Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1550/2008.

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda informe a este Cuerpo si se concretó la firma del contrato de obra pública entre al Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez y la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de la obra de desagüe pluvial de calle Amenabar.

 
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda en caso de haberse firmando el contrato detallado en el artículo anterior, se remita a este Cuerpo una copia del mismo.

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  17 de abril de 2.008.

 

 

Presidente: Roberto Richetti

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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