Expte. Nº 3.245/08.
VISTO:
El Código Municipal de Faltas, Ordenanza Nº 490/89, Art. 92º.
Código Urbano Municipal (Ordenanza Nº 1.144/95) Capítulo IX y
CONSIDERANDO:
La nota remitida por los vecinos de calle P. Opicci a la altura del 1.900, por la que, denuncian que en el domicilio de Opicci Nº 1.962: “se producen ruidos molestos en forma permanente y en especial los fines de semana, por música a todo volumen, gritos, etc….”
Que dicha nota refiere a la incomodidad del vecindario, porque estas conductas interrumpen el normal descanso, en especial en horarios nocturnos, razón por la cuál solicitan la intervención municipal, a fin que se dispongan inspecciones; y de corresponder, sé de intervención al Tribunal Municipal de Faltas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1581/2008.
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que por el Área que corresponda, ordene inspecciones en el domicilio de calle Pedro Opicci 1962, para constatar si en el lugar se generan ruidos molestos o innecesarios que afecten o perturben a los vecinos.
ART.2º) Se solicita que el Departamento Ejecutivo Municipal remita a este Cuerpo Deliberativo un informe, una vez realizadas las actuaciones referidas en el Art. 1º.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de junio de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
A/C Secretaria: Mario Correale