Expte. Nº 3.378/08.
VISTO:
La Ley Nº 2756 Art. 39º Incs.14, 24, 29, 62, Art. 41º Incs. 24 y 26 y Art. 44º .
El estado de la capa asfáltica de calle Piazza entre 12 de Octubre e Intendente Andréu.
El reclamo de los vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en la calle Piazza entre 12 de Octubre e Intendente Andréu la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de baches de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito a lo ancho de la misma y provocando peligro para los vehículos que transitan por ella.
Que en los baches se acumula agua servida impidiendo a los conductores, motociclistas y ciclistas prever la profundidad de los mismos.
Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y a las casas de los mismos dejando olor nauseabundo por toda la zona.
Que los vecinos del lugar han realizado numerosos reclamos ante el municipio sin obtener ninguna solución optando por reparar ellos mismos (con escombros) los distintos baches.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1620/2008
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, ordene la reparación y mantenimiento de la calle Piazza entre 12 de Octubre e Intendente Andréu.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de noviembre de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
Pro Secretaria: Victoria Beloni