Expte. Nº 3.399/08.
VISTO:
La Ley Nº 2756 Art. 39º Incs.14, 24, 29, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 y Art. 44º.
El estado de la capa asfáltica en la intersección de calles Corrientes y Cervantes.
El reclamo de los vecinos que viven o transitan por el lugar, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Corrientes y Cervantes la calzada se encuentra totalmente destruida por la formación de numerosos baches de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.
Que este lugar es de tránsito intenso debido a la proximidad de la Escuela Nº 100 y de la Comisaría Nº 25.
Que en los baches se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad de los mismos.
Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y a las casas de los mismos dejando olor nauseabundo por toda la zona.
Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la Ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1623/2008
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, ordene la reparación y mantenimiento de la calzada en la intersección de calles Corrientes y Cervantes.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de noviembre de 2.008.
Presidente: Roberto Richetti
Pro Secretaria: Victoria Beloni