Min. 1625/08 Reparación y Mantenimiento Chubut 874

Expte. Nº  3.401/08.

VISTO:

La Ley Nº 2756 Art. 39º Incs.14, 24, 29, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 y Art. 44º .

El estado de la capa asfáltica en calle Chubut al 874.

El reclamo de los vecinos que viven o transitan por el lugar, y

 

 

CONSIDERANDO:

Que en la calle Chubut al 874 la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los vehículos, motos y bicicletas que transitan por ella.

Que en el  bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.

Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas y a las casas de los mismos dejando olor nauseabundo por toda la zona.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles  de la Ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente

:

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1625/2008

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, ordene la reparación y mantenimiento de la calle Chubut al 874.

ART. 2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de noviembre de 2.008.

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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