Expte. Nº 3.537/09.

VISTO:

La Ley 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que  las redes de gas natural se extienden por las calles Cafferata y Rosario por lo que la continuación del Pasaje 8 requeriría mínimos esfuerzos.

Que la concreción de la obra asegurará la prestación de un servicio básico a las familias que viven en esta zona.

Que el servicio de gas natural se hace indispensable para asegurar una mayor calidad de vida a los vecinos y vecinas del barrio.

Que es un reclamo y una necesidad de las familias que habitan allí.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1682/2009

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para  que a través de la Secretaría que corresponda, disponga las obras de extensión de las redes de gas natural en la Sección Catastral Nº 12 sobre Pasaje 8 entre calles Rosario y Cafferata.

ART.2º) A los efectos que pudieren corresponder, la Municipalidad realizará la tramitación correspondiente ante la empresa prestadora litoral Gas en un todo de acuerdo a las normativas vigentes.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de junio de 2.009.

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

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