Expte. Nº 3.639/09.
VISTO:
La Ley Nº 2756.
El reclamo de vecinos.
La existencia de micro basurales sobre la calle 12 de Octubre en su intersección con las calles Constitución, Alem y J. Ingenieros, y
CONSIDERANDO:
Que la existencia de este tipo de fenómeno se constituye en un foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven o circulan por estos lugares.
Que es imprescindible para el mejoramiento de la calidad de vida en nuestra ciudad la limpieza y erradicación de los micro basurales existentes, en especial énfasis en aquellos que se ubican en el ejido urbano.
Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos y la preservación del Medio Ambiente.
Que
Que es función del Concejo Deliberante realizar las presentaciones correspondientes con el objeto de mejorar la calidad de vida de los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1705/2009
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, disponga el retiro de residuos y limpieza permanente de los micro basurales ubicados sobre la calle 12 de Octubre en su intersección con las calles Constitución, Alem y José Ingenieros.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de noviembre de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale